Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro243666
MateriaLaboral

No existe violación a la garantía de irretroactividad que consagra el artículo 14 constitucional, cuando se aplica el artículo 161 de la Ley Federal del Trabajo tomando en cuenta, para el cómputo de la antigüedad del trabajador, todos los años de servicios anteriores al primero de mayo de 1970, pues aun cuando es cierto que este dispositivo entró en vigor en la fecha indicada, también lo es que de conformidad con el artículo 5o. del ordenamiento laboral, son de orden público las disposiciones que rigen las relaciones laborales y de aplicación inmediata, lo cual significa que deben regir en sus términos a todas las situaciones jurídicas que surjan a partir del momento en que entran en vigor. Por tanto, si la rescisión del contrato de trabajo se realiza en una fecha en la cual el trabajador tenía más de veinte años de servicios, no puede considerarse que el...

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