Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro274436
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Relacionando la cláusula primera, fracción XVIII del Contrato Colectivo que Petróleos Mexicanos tiene celebrado con sus trabajadores, con la cláusula 48 del mismo contrato y los convenios que la complementan, especialmente el de fecha dieciocho de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, se concluye que el salario ordinario de los trabajadores petroleros que laboran tiempo extra en forma normal y permanente, es el salario tabulado aumentado con los valores correspondientes al fondo de ahorros y a la compensación por renta de casa, más la cantidad que perciben por el tiempo extra laborado en las condiciones indicadas. Por ello, si ante la imposibilidad de controlar las horas extras a un trabajador petrolero de confianza, se le asigna una iguala de...

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