Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro277478
MateriaLaboral

La Comisión Mixta del Escalafón del Instituto Mexicano del Seguro Social, es un verdadero organismo contractual que carece de jurisdicción administrativa o imperio, pues propiamente su labor se reduce a emitir opiniones, las que sólo tienen valimiento mientras los interesados las aceptan en los términos del artículo 335 de la Ley Federal del Trabajo, precepto que permite a los patrones y a los trabajadores, la constitución de comisiones mixtas con funciones económicas y sociales que se les asigne y dispone que las Juntas de Conciliación y Arbitraje, sólo ejecutarán las resoluciones de esas comisiones, en los casos en que las partes las declaren obligatorias, esto es, la obligatoriedad de los actos de las comisiones mixtas, no dimana de ellos mismos, sino exclusivamente de la voluntad de los interesados.

Amparo directo 7485/57. Comisión Nacional Mixta de Escalafón del Instituto Mexicano del Seguro Social. 30 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: L.D.I..

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR