Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro368595
MateriaComún

Solamente son días inhábiles para la promoción de los juicios de amparo, los que se mencionan en el artículo 23 de la Ley de Amparo, y los días que no se computarán, a que se refiere el artículo 26 de dicha Ley, son aquellos en que se hubiesen suspendido las labores en el juzgado o tribunal en que deben hacerse las promociones, entendiéndose por tales, el Juzgado de Distrito y tribunales federales, correspondientes.

Amparo en revisión en materia de trabajo 1619/50. C.O.C.. y coags. 3 de mayo de 1951. Unanimidad de cinco votos. R.: A.P..

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