Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro382488
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje deben considerarse como soberanas para determinar las condiciones mediante las cuales fijarán el salario mínimo, pues aunque deben sujetarse a la ley del trabajo y a la Constitución, quedan soberanas sólo por lo que toca a la apreciación de esas condiciones, razonamiento que se funda en que la misma Constitución ha capacitado a dichas Juntas, para resolver en materia de trabajo conforme a su conciencia y de acuerdo con lo que su prudencia les aconseje.

Amparo en revisión en materia de trabajo 4083/34. American Smelting and Refining Company. 12 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. R.: V.S.G..

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR