Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. XVI.1o.A.T. J/21 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-08-2011 (Reiteración))

Número de registro161169
Número de resoluciónXVI.1o.A.T. J/21
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1220
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando el trabajador solicita la devolución del saldo integral de la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro, deben considerarse implícitamente reclamadas al Instituto Mexicano del Seguro Social la autorización de la disponibilidad de los recursos, así como al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores la transferencia de los fondos de la subcuenta de vivienda a la Afore respectiva pues, de conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 15/2009, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 464, T.X., febrero de 2009, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de rubro: "SUBCUENTA DE VIVIENDA. LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN ELLA SON ADMINISTRADOS POR EL INFONAVIT Y, EN CONSECUENCIA, PARA QUE SEAN ENTREGADOS AL TRABAJADOR O, EN SU CASO, A SUS BENEFICIARIOS, ES NECESARIO QUE AQUÉL LOS TRANSFIERA A LA AFORE CORRESPONDIENTE.", este Instituto es el encargado de administrar dichos recursos. En esa virtud, al no ser posible desvincular tales prestaciones de la acción principal, relativa a la devolución del saldo integral de la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro, lo procedente es llamarlos a juicio como litisconsortes, ya que de conformidad con el artículo 690 de la Ley Federal del Trabajo, "Las personas que puedan ser afectadas por la resolución que se pronuncie en un conflicto, podrán intervenir en él, comprobando su interés jurídico en el mismo, o ser llamadas a juicio por la Junta." y, en tal supuesto, puede existir una afectación a los mencionados institutos, dada su intervención en la autorización de la disponibilidad, administración y transferencia de los fondos de la subcuenta de vivienda a la Afore respectiva para que éstos sean entregados al trabajador. Ello aunado a que, en...

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