Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. I.4o.A.779 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-08-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.779 A
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Número de registro161197
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1429
MateriaAdministrativa

La circunstancia de que la autoridad administrativa notifique la resolución sancionadora fuera del plazo de diez días hábiles previsto en el artículo 21, fracción III, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, no es motivo suficiente para declarar su nulidad, al estar en presencia de una ilegalidad no invalidante que no deja en estado de indefensión al particular, pues se estima que si la diligencia cumplió su cometido, que es darle a conocer la determinación adoptada, y satisface los requisitos previstos en el Código Federal de Procedimientos Civiles -ordenamiento de aplicación supletoria a la ley citada en primer orden por disposición expresa de su artículo...

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