Jurisprudencia Núm. VI-J-2aS-10. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Páginas154-156
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
154
JURISPRUDENCIA NÚM. VI-J-2aS-10
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SUSPENSIÓN EN CONTRA DE ACTOS RELATIVOS A DETERMINA-
CIÓN, LIQUIDACIÓN, EJECUCIÓN O COBRO DE CONTRIBUCIONES
O CRÉDITOS DE NATURALEZA FISCAL. EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY
FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,
PREVÉ REQUISITOS DE PROCEDENCIA Y REQUISITOS DE EFECTI-
VIDAD DE LA MISMA.- Del contenido integral del artículo 28 de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo, se observa que éste prevé requisitos
de procedencia de la suspensión en contra de actos relativos a determinación, liqui-
dación, ejecución o cobro de contribuciones o créditos de naturaleza fiscal, así como
también prevé requisitos de efectividad de la misma. Por lo que se refiere a los
requisitos de procedencia, son aquellas condiciones que se deben reunir para que
surja la obligación jurisdiccional de conceder la suspensión y éstos se prevén en las
fracciones I, II, VII, e inclusive en la fracción IX del citado artículo; y en cuanto a los
requisitos de efectividad de la medida suspensiva, éstos están contenidos en la frac-
ción VI del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administra-
tivo, y se constituyen por aquellas condiciones que el demandante debe llenar para
que surta sus efectos la suspensión concedida, esto es, para que opere la paraliza-
ción o cesación del acto impugnado o de sus consecuencias, es decir, estos requisi-
tos implican exigencias legales posteriores a la concesión de la suspensión. (11)
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S2/12/2008)
PRECEDENTES:
V-P-2aS-701
Recurso de Reclamación Núm. 1224/06-08-01-9/283/07-S2-08-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-

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