Jurisprudencia nº IX-J-2aS-16 de Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 01-10-2022

Fecha de publicación01 Octubre 2022
Número de expedienteIX-J-2aS-16
Número de registro46503
LocalizadorR.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 10. Octubre 2022. p. 60
MateriaLEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
EmisorSegunda Sección
TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

IX-J-2aS-16

SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN. NO ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LAS RESOLUCIONES DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA QUE LIQUIDAN CRÉDITOS FISCALES.- De la interpretación realizada a lo dispuesto por el artículo 50, fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se desprende que la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación tendrá competencia material en todo el territorio nacional para tramitar y resolver los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos, que encuadren en los supuestos previstos en el artículo 3, fracciones I, IV, XII, XIII y XV y último párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictados por los Órganos Reguladores que se enumeran en la fracción aludida del mencionado artículo 50 del Reglamento Interior de este Tribunal. Derivado de lo anterior, aun cuando la resolución impugnada en un juicio sea dictada por la Comisión Reguladora de Energía, la cual constituye un órgano regulador del Estado; dicha circunstancia por sí misma no define la competencia de la Sala Especializada en comento, pues para ello es necesario además que la resolución se ubique en los supuestos de las fracciones normativas antes precisadas. En esa tesitura, si en la resolución combatida en juicio la Comisión Reguladora de Energía liquida un crédito fiscal por concepto de derechos, con motivo de la supervisión que hace de permisos expedidos por ella, es evidente que dicha actuación se ubica en el supuesto previsto por la fracción II del artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, de ahí que no se actualiza la competencia de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación, pues no está previsto que sean de su conocimiento los actos en que “...se determine la existencia de una obligación fiscal, se fije en cantidad líquida o se den las bases para su liquidación”.

(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S2/ 20/2022)

PRECEDENTES:

IX-P-2aS-46
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 1049/22-17-09-4/600/22-EAR-01-3/282/22-S2-07-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 26 de mayo de 2022, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente:...

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