Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2011 (Tesis num. 2a./J. 22/2011 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2011 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2000018
Número de resolución2a./J. 22/2011 (10a.)
Fecha de publicación01 Diciembre 2011
Fecha01 Diciembre 2011
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral
Localizador [J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro III, Diciembre de 2011; Tomo 4; Pág. 2901. 2a./J. 22/2011 (10a.).

De la interpretación literal, armónica, histórica y teleológica de los artículos 742 a 744 y 751 de la Ley Federal del Trabajo deriva que, sin importar que sea la primera o ulterior notificación personal, debe dejarse la cédula a que se refiere el último de los artículos citados, junto con la resolución cuya notificación se ordenó de manera personal, por ser la forma de dar certeza respecto de la diligencia relativa.

Contradicción de tesis 318/2011. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo del Vigésimo Séptimo Circuito, Décimo Tercero en Materia de Trabajo del Primer Circuito, Segundo en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y el Primero del Vigésimo Séptimo Circuito. 19 de octubre de 2011. Cinco votos. Ponente: L.M.A.M.. Secretaria: L.G.M..


Tesis de jurisprudencia 22/2011 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiséis de octubre de dos mil once.

55 sentencias

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