Tesis, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 31 de Julio de 2014 (Tesis num. I.13o.T. J/6 (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 11-07-2014 (Reiteración))

Número de registro2007014
Número de resoluciónI.13o.T. J/6 (10a.)
Fecha31 Julio 2014
Fecha de publicación31 Julio 2014
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014; Tomo II; Pág. 962. I.13o.T. J/6 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

No procede el reclamo como tiempo extraordinario de una jornada que corresponde a un día de descanso laborado; lo anterior, porque existe diferencia entre las horas extras laboradas en los días contratados y el trabajar en un día de descanso, pues las primeras encuentran su fundamento en los artículos 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo, y consisten en el tiempo excedente del límite de la jornada normal prevista en la ley o pactada en el contrato respectivo, que da lugar a que las primeras nueve en la semana se retribuyan en un cien por ciento más del salario, y las excedentes en un doscientos por ciento; mientras que conforme al artículo 73 del mismo ordenamiento, el trabajador no está obligado a prestar sus servicios en su día o días de descanso, por lo que si a pesar de esta prohibición se labora en una jornada completa, deberá pagársele un día de salario doble por el servicio prestado; de ahí que sean situaciones distintas con prestaciones diferentes, e impiden que el tiempo extra que se reclama por la extensión de la jornada se adicione con el generado por laborar en un día que correspondía al de descanso.


DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 1071/2010. S.C.V.. 25 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: M.d.R.M.C.. Secretaria: E.E.C..


Amparo directo 1252/2011. J.A.V.M.. 16 de febrero de...

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