Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2007

Fecha de disposición27 Febrero 2007
Fecha de publicación27 Febrero 2007
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

ACUERDO de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE54/2007.

Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2007.

Antecedentes

  1. En sesión extraordinaria de fecha 12 de mayo de 2005, el Consejo General expidió el Acuerdo CG60/2005 por el que se aprueban los Lineamientos para la Elaboración del Anteproyecto de Presupuesto.

  2. En la sesión extraordinaria de fecha 30 de noviembre de 2006, el Consejo General emitió el Acuerdo CG198/2006 para la Aprobación del Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Federal Electoral para el ejercicio fiscal 2007.

  3. El 28 de diciembre del año 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006.

  4. En sesión extraordinaria del 31 de enero del 2007, el Consejo General emitió el Acuerdo CG03/2007 por el que se aprueba el ajuste al Presupuesto del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio Fiscal 2007, se establecen las obligaciones que se derivan del referido Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y se aprueban las disposiciones en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que se derivan de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Considerandos

I. Que el artículo 41, párrafo segundo, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordena la ley, y que en el ejercicio de esa función estatal la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

II. Que el artículo 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que la administración de los recursos federales deberá realizarse con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

III. Que el artículo 70, párrafos 1 y 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios; asimismo, determina que el patrimonio del Instituto, entre otros bienes, se integra con las partidas que anualmente se le asignan en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones del Código citado.

IV. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del código comicial federal, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva.

V. Que conforme a lo establecido en el artículo 85 del Código Federal Electoral, la Junta General Ejecutiva del Instituto, será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Administración.

VI. Que en términos del artículo 86, párrafo 1, inciso b) del código de la materia, es atribución de la Junta General Ejecutiva fijar los procedimientos administrativos conforme a las políticas y programas generales del Instituto.

VII. Que la coordinación de la Junta General Ejecutiva está a cargo del Secretario Ejecutivo, quien además conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto, como lo establece el artículo 87 del citado Código.

VIII. Que el artículo 89, párrafo 1, incisos k) y q) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece como atribuciones del Secretario Ejecutivo, proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como ejercer las partidas presupuestales aprobadas.

IX. Que de conformidad con el artículo 97 párrafo 1, incisos a), b), d) y f) del código comicial, son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Administración aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto; organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales del Instituto; establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales y, atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.

X. Que el artículo 39, numeral 1, incisos a) y c) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, establece que corresponde a la Junta General Ejecutiva cumplir y ejecutar los Acuerdos del Consejo General del Instituto Federal Electoral y dictar los Acuerdos y lineamientos necesarios para la adecuada ejecución de los mismos.

XI. Que el artículo 40, numeral 2, inciso a) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, establece que le corresponde al Secretario Ejecutivo ejecutar y supervisar el adecuado cumplimiento de los acuerdos del Consejo General y la Junta General Ejecutiva.

XII. Que el artículo 48, numeral 1, incisos c) y d) del mismo Reglamento, establece que corresponde a la Dirección Ejecutiva de Administración dirigir y supervisar la elaboración de los documentos normativo-administrativos necesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto, sometiéndolos a la aprobación de la Junta General Ejecutiva, así como organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros y la administración del personal del Instituto.

XIII. Que de conformidad con el artículo 76, numeral 1, incisos, f) y k) del Reglamento en cita, corresponde a la Contraloría Interna inspeccionar el ejercicio del gasto y administración del patrimonio del Instituto, así como revisar que el ejercicio del gasto se haya realizado conforme a las disposiciones legales, normas y lineamientos que regulan su ejercicio.

XIV. Que de conformidad con punto Séptimo del Acuerdo referido en el antecedente 1, la Junta General Ejecutiva debe aprobar los Lineamientos Generales para el Ejercicio del Gasto del Instituto Federal Electoral.

XV. Que en el punto Octavo del Acuerdo referido en el antecedente 4, se establece que la Dirección Ejecutiva de Administración someterá a la aprobación de la Junta General Ejecutiva, en el mes de febrero del presente año, los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal.

De conformidad con los antecedentes y considerandos expresados y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, párrafo segundo, base III y 134 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 70, párrafos 1 y 2; 72; 85; 86, párrafo 1, inciso b); 87; 89, párrafo 1, incisos k) y q); 97, párrafo 1, incisos a), b); d) y f) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 39 numeral 1, incisos a) y c); 40, numeral 2, inciso a); 48 numeral 1, incisos c) y d), 76 numeral 1, incisos f) y k) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electora; Acuerdo CG60/2005 del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los lineamientos para la elaboración del anteproyecto del presupuesto; y, el acuerdo CG03/2007 del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el presupuesto ajustado para ejercicio fiscal 2007 de fecha 31 de enero de 2007; la Junta General Ejecutiva emite los siguientes puntos de:

Acuerdo

Primero.- Se aprueban los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2007, los cuales se anexan al presente y forman parte integrante del mismo.

Segundo.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que haga del conocimiento de todas las unidades administrativas del Instituto Federal Electoral el presente Acuerdo.

Tercero.- La Secretaría Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de Administración observarán y aplicarán los presentes Lineamientos.

Cuarto.- Estos Lineamientos Generales permanecerán vigentes, en tanto no se emitan nuevas disposiciones sobre el particular y se faculta a la Dirección Ejecutiva de Administración para la actualización, adecuación y difusión de los lineamientos específicos y normas complementarias, conforme a los ajustes ordenados por el Consejo General y las disposiciones aplicables. De lo anterior, se informará a esta Junta General Ejecutiva.

Asimismo, la Dirección Ejecutiva de Administración deberá emitir las reglas complementarias y precisiones que fueran necesarias, mediante circulares o cualquier otro documento de carácter específico que garanticen el cumplimiento de los presentes lineamientos.

Quinto.- La Contraloría Interna del Instituto Federal Electoral verificará que el ejercicio del presupuesto del año 2007 del Instituto se...

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