Julia Carabias / Avances frenados en Tulum

AutorJulia Carabias

Pasa el tiempo y los extraordinarios avances en la conservación del patrimonio natural nacional logrados el 12 de mayo de 2011 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) corren el riesgo de desdibujarse por la falta de acción del Estado mexicano, particularmente del Ejecutivo federal.

Recordemos algunos antecedentes. En la fecha mencionada, el Pleno de la SCJN resolvió por unanimidad la controversia constitucional 72/2008 promovida por el Poder Ejecutivo federal con lo que se declaró la inconstitucionalidad, y por lo tanto invalidez, del acuerdo de cabildo del municipio de Tulum para establecer la "Actualización del Programa de Desarrollo Urbano 2006-2030" del Centro de Población de Tulum. La invalidez del acuerdo se debe a que el municipio se extralimitó en sus atribuciones al incluir en su Programa los bienes nacionales del dominio público de la Federación: el Parque Nacional Tulum y la Zona de Monumentos Arqueológicos Tulum-Tancah. La resolución de la SCJN fortaleció las áreas naturales protegidas como espacios naturales de interés público y, particularmente, en las reservas de la biosfera, parques nacionales, monumentos naturales, áreas de protección de recursos naturales, áreas de protección de flora y fauna y santuarios, se ratificó que la atribución de su protección es exclusiva de la Federación, quien establece las modalidades del uso de suelo, independientemente del régimen de propiedad de los terrenos.

Durante el proceso de desahogo de la controversia constitucional la SCJN designó a un perito y se realizó una diligencia de inspección judicial, con lo cual se constató la existencia de varias construcciones, tanto de tipo habitacional como de prestación de servicios turísticos. Algunas de estas construcciones se encontraban incluso con procedimientos administrativos de suspensión y/o clausura emitidos por diversas autoridades federales. Con relación a este punto, la SCJN asentó en su sentencia que "corresponde a la Federación ejercer las atribuciones exclusivas que se le confieren respecto del Parque Nacional Tulum y la Zona de Monumentos Arqueológicos Tulum-Tancah, determinando en qué medida habrá de coordinarse, en su caso, con los otros niveles de gobierno y atendiendo la preservación de dichos bienes, a efecto de resolver el destino de las construcciones -habitacionales y turísticas- y los asentamientos humanos ubicados dentro del área que éstos ocupan".

Han transcurrido seis meses desde la sentencia de la SCJN y no...

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