JUDICIALES Y GENERALES

Fecha de publicación28 Septiembre 2020
SecciónSegunda Sección
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Septiembre 28 de 2020
(Segunda Sección)
SECCIÓN DE AVISOS
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
AGUASCALIENTES, AGS.
EDICTO Ú N I C A PUBLICACIÓN
En el expediente número 1266/2014 relativo al
Juicio Único Civil promovido por JAIME ARTURO
SERNA SORIANO en contra de MARÍA DE LOUR-
DES VÁZQUEZ GARCÍA y RAFAEL ALEJANDRO
ALBA CASTAÑEDA, remátese en el local de este
Juzgado a las Doce Horas del Ocho de Octubre de
Dos Mi Veinte, el siguiente bien inmueble:
Inmueble ubicado en calle Mezquital, número
ciento cuatro, construida sobre el lote veintiuno,
manzana cinco, Fraccionamiento Villas de Nuestra
Señora de la Asunción, Sector Encino, de esta Ciu-
dad de Aguascalientes, con una supercie de ciento
treinta y cinco metros cuadrados, con las siguientes
medidas y colindancias:
Al NORESTE, en dieciocho metros con lote
veintidós;
Al NOROESTE, en siete punto cincuenta metros
con calle Mezquital; Al SURESTE, en siete punto cin-
cuenta metros con lote veinticuatro; y Al SUROESTE,
en dieciocho metros con lote veinte.
Postura legal la cantidad de $450,666.66 (CUA-
TROCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS
CENTAVOS).
Se establecen modalidades de la presente venta
judicial.
En cumplimento a lo ordenado por el artículo
2195 del Código Civil del Estado, se hace saber a
los interesados que el adjudicatario en la presente
venta judicial, deberá reconocer el crédito hipotecario
preferente no vencidos para pagarlos al vencimiento
de sus escrituras y entregara al deudor, al contado, lo
que resulte libre del precio después de cuanticado
el pago, lo anterior de conformidad con lo establecido
por el artículo 502 del Código de Procedimientos
Civiles del Estado.
Lo anterior es así toda vez que el inmueble
sujeto a remate, cuenta con un crédito preferente
-derivando su inscripción que en primer lugar existe
respecto del ejecutante-, a favor del INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA
LOS TRABAJADORES, tal y como se advierte del
certicado de gravámenes que obra en autos a foja
doscientos siete a doscientos trece, -el cual coincide
con aquel que se acompaña al escrito de cuenta-.
Dicho crédito preferente según consta, se deri-
va de una hipoteca, que asciende a la cantidad de
$256,089.60 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MIL OCHENTA Y NUEVE PESOS CON SESENTA
CENTAVOS), con una tasa de interés no menor al 0%
anual con una duración de treinta años, la cual no se
encuentra vencida a la fecha, lo cual se determina
al no contar con elemento alguno que indique que
ha sido reclamado su vencimiento, lo cual deberá
asentarse en los edictos que con motivo de la venta
judicial se publiquen.
Toda vez que del certicado de gravámenes se
advierte que existe un ACREEDOR diverso, siendo
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIEN-
DA PARA LOS TRABAJADORES, en términos del
del Estado, se ordena citar al Acreedor Diverso INS-
TITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA LOS TRABAJADORES, mediante cédula de
noticación que se dirija en el domicilio señalado en
autos, para que comparezca a la presente almoneda
y haga valer lo que a su derecho convenga.
Aunado a lo anterior, y al advertir del certicado
de gravamen se advierte que existe un embargo
derivado del expediente 1474/2010 del Juzgado
Tercero Civil del Estado, tiene como Acreedores a
VARITZA NATALIE SANMARTÍN IBARRA y YOANA
VIRIDIANA DE LUNA GÁLVEZ, lo que se hace del
conocimiento para los efectos legales.
Toda vez que del informe rendido por la Secre-
taría de Finanzas de la Presidencia Municipal de
Aguascalientes se desprende que el inmueble ma-
teria del presente juicio tiene un adeudo de $499.00
(CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS),
se ordena insertar dicho adeudo al momento de la
publicación de los edictos para el conocimiento de
los interesados, toda vez que en el supuesto de que
se adjudique el bien inmueble señalado, esta auto-
ridad deberá de retener dicha cantidad para cubrir
los créditos scales existentes.
Convóquense postores.
Aguascalientes, Ags., a 17 de septiembre de 2020.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,
LIC. FABIOLA MORALES ROMO. (2557)
AVISO NOTARIAL
Yo, Licenciada KAREN SARAY RODRÍGUEZ
MORÁN, Titular de la Notaría Pública Número Vein-
tiocho de las del Estado en ejercicio, con fundamento
en el artículo 775 del Código de Procedimientos
Civiles del Estado de Aguascalientes, doy a conocer
al público en general, que en instrumento público
número 55,266, del volumen 1257, de fecha 17 de
septiembre del 2020, del Protocolo de la Notaría a mi
cargo, los señores GABRIEL, NORMA ANGÉLICA,
MA. DE LOURDES, ALEJANDRO y CHRISTIAN,
también conocido como CRISTIAN de apellidos
NAVARRO LÓPEZ y reconocieron sus derechos he-
reditarios, la validez del testamento y la señora MA.
DE LOURDES NAVARRO LÓPEZ, aceptó el cargo de
Albacea de los bienes sucesorios testamentarios de
la señora MA. LOURDES LÓPEZ RAMOS, también
conocida como MARÍA LOURDES LÓPEZ RAMOS.
Aguascalientes, Ags., 17 de septiembre de 2020.
Lic. Karen Saray Rodríguez Morán,
Notaria Pública Número 28.
(2327)
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AVISO NOTARIAL
Relativa a la testamentaria a bienes de: ESPE-
RANZA MONTOYA FLORES también conocida como
M. ESPERANZA MONTOYA FLORES.
Licenciada ERNESTINA LEÓN RODRÍGUEZ,
Notaria Pública en ejercicio y titular de la Notaría
Número Veintinueve de las del Estado, certico,
que comparecieron ante mí, el señor GILBERTO
FLORES MONTOYA como Único Heredero y también
como Albacea, lo que se acredita mediante escritura
pública número 33,684, volumen DLVII (557), quién
exhibió los documentos a que se reere el artículo
775 del Código de Procedimientos Civiles vigente en
el Estado y conforme a lo establecido por el artículo
774 del mismo ordenamiento, declara que no habien-
do controversia alguna, opta por la tramitación ante
Notario y maniesta: I.- Que reconoce sus derechos
hereditarios derivados del testamento otorgado por
la de cujus ESPERANZA MONTOYA FLORES tam-
bién conocida como M. ESPERANZA MONTOYA
FLORES quien falleció el día dieciséis de abril del
año dos mil veinte. II.- Que acepta la herencia. III.-
Que GILBERTO FLORES MONTOYA fue nombrado
por la Testadora como Albacea de la sucesión, quien
acepta el cargo y desde luego protesta su el y legal
desempeño. IV.- que procederá el Albacea a realizar
el inventario de los bienes.
Lo anterior se publica para dar cumplimiento al
artículo 775 del Código de Procedimientos Civiles
vigente en el Estado.
Aguascalientes, Ags., a 3 de septiembre de 2020.
Lic. Ernestina León Rodríguez,
Notaria Pública Número 29.
(5656)
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
AGUASCALIENTES, AGS.
EDICTO Ú N I C A PUBLICACIÓN
En el expediente 0029/2018 relativo al Procedi-
miento Especial Hipotecario promovido por BANCO
NACIONAL DE MÉXICO, S.A. INTEGRANTE DEL
GRUPO FINANCIERO BANAMEX en contra de
JOSÉ LEGORRETA MARTÍNEZ remátese en el local
de este Juzgado a las Doce Horas del Siete de Oc-
tubre de Dos Mil Veinte, el siguiente bien inmueble:
Casa marcada con el número trescientos vein-
ticinco, de la calle San Jorge, del Fraccionamiento
San Cayetano, de esta ciudad, con una supercie de
ciento sesenta punto cincuenta y cinco metros cua-
drados, con las siguientes medidas y colindancias:
Al NORTE, ocho punto cuarenta y cinco metros con
lote veintidós; al SUR, ocho punto cuarenta y cinco
metros con calle San Jorge; al ORIENTE, diecinueve
metros con lote dieciséis; y al PONIENTE, diecinueve
metros con lotes dieciocho y diecinueve.
Siendo postura legal la cantidad de $907,146.76
(NOVECIENTOS SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y
SEIS PESOS SETENTA Y SEIS CENTAVOS MONE-
DA NACIONAL) que corresponde a las dos terceras
partes del avalúo presentado en autos, rendido por
el perito de la parte actora
Se informa que el inmueble materia del presente
juicio cuenta con:
a).- Un gravamen a favor de BANCO NACIONAL
DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INTEGRANTE
DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX.
b).- Que en caso de adjudicarse dicho inmueble,
el mismo se vende con todo y gravamen.
Convóquense postores.
Aguascalientes, Ags., a 11 de septiembre de 2020.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,
LIC. ALEJANDRA IVETHE DE LA FUENTE GARCÍA.
(2462)
AVISO NOTARIAL
Yo, Licenciado ROGELIO TALAMANTES BAR-
NOLA, Notario Público Número Treinta y Tres de los
del Estado, con fundamento en el artículo 774 y 775
Aguascalientes, doy a conocer que en el instrumen-
to público número cuarenta y seis mil novecientos
treinta, del volumen MDCCCLXIII (mil ochocientos
sesenta y tres romano), del Protocolo de la Notaría
a mi cargo, comparecieron la Señora GABRIELA
RAMOS SOLORZANO, por su propio derecho y en
representación de la señora CLAUDIA GUADALUPE
SOLORZANO, y los señores VICENTE AGUSTÍN
RAMOS SOLORZANO, MARTHA PATRICIA RAMOS
SOLORZANO y MA. GUILLERMINA SOLORZANO
GUTIÉRREZ, quienes solicitaron la tramitación del
Procedimiento Extrajudicial de la Testamentaria a
Bienes del Señor AGUSTÍN RAMOS ARAIZA; donde
la Señora GABRIELA RAMOS SOLORZANO, por
su propio derecho y en representación de la señora
CLAUDIA GUADALUPE SOLORZANO y los seño-
res VICENTE AGUSTÍN RAMOS SOLORZANO,
MARTHA PATRICIA RAMOS SOLORZANO y MA.
GUILLERMINA SOLORZANO GUTIÉRREZ, reco-
nocen entre sí sus derechos hereditarios y aceptan
la herencia con fundamento en el artículo 673 (seis-
cientos setenta y tres) del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado de Aguascalientes; y la señora
MA. GUILLERMINA SOLORZANO GUTIÉRREZ,
acepta el cargo de Albacea y protesta su el y leal
desempeño en la Sucesión Testamentaria a Bienes
del Señor AGUSTÍN RAMOS ARAIZA, quien falleció
el día veinte de abril del dos mil veinte, en Aguasca-
lientes, Aguascalientes.
Aguascalientes, Ags., a 18 de septiembre de 2020.
Atentamente:
Lic. Rogelio Talamantes Barnola,
Notario Público Número 33.
(6075)
Pág. 4 PERIÓDICO OFICIAL Septiembre 28 de 2020
(Segunda Sección)
AVISO NOTARIAL
Con fundamento en los artículos 774 y 775 del
Aguascalientes, Yo, Licenciada GRACIELA GONZÁ-
LEZ DEL VILLAR, Notaria Pública Número 32 de los
del Estado, hago del conocimiento público que en el
instrumento número 44127, volumen 783, de fecha
15 de septiembre de 2020, del protocolo a mi cargo,
se asentó a solicitud del señor MARTÍN GUARDIOLA
DUQUE también conocido como MARTÍN GARDIO-
LA DUQUE en su calidad de Albacea la aceptación
del cargo en su favor, mismo que protestó desem-
peñar el y legalmente y la señora IRMA DUQUE
ZAMARRIPA en su calidad de Heredera y así como la
aceptación de la herencia en favor de ella misma, res-
pecto de los bienes de la sucesión testamentaria del
señor MARTÍN GUARDIOLA RODRÍGUEZ. Doy fe.
Aguascalientes, Ags., septiembre 15 de 2020.
Lic. Graciela González del Villar,
Notaria Pública Número 32.
(2839)
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL
AGUASCALIENTES, AGS.
EDICTO Ú N I C A PUBLICACIÓN
En el expediente 1392/2014, relativo al Procedi-
miento Especial Hipotecario, promovido por SERGIO
GONZÁLEZ JIMÉNEZ en contra de ÓSCAR FRA-
GOSO LOERA y MARÍA LUISA LOERA REYES DE
FRAGOSO, remátese en Primera Almoneda en el
local de este Juzgado a las Doce Horas con Treinta
Minutos del Día Seis de Octubre de Dos Mil Veinte,
el siguiente bien inmueble:
Lote número doce, de la manzana número cua-
renta y cuatro, ubicado en la calle Primo Verdad, nú-
meros doscientos treinta y cuatro, doscientos treinta y
seis y doscientos treinta y ocho, en la Colonia Centro,
de la Ciudad de Aguascalientes, con una supercie
de 877.20 metros cuadrados, con las siguientes
medidas y colindancias: NORTE, 21.90 metros con
Selvina Aguilar; SUR, 22.00 metros con la calle de
ubicación; ORIENTE, de Norte a Sur, mide 21.90
metros, quiebra el lindero al Poniente en 0.15 metros
y termina hacia el Sur en 19.05 metros lindando en
estos puntos con propiedad de Elías Loera López;
PONIENTE, de Norte a Sur 25.60 metros, quiebra
el lindero hacia el Poniente en 0.55 metros, vuelve
el lindero nuevamente hacia el Sur en 7.80 metros
quebrando hacia el Oriente en 0.55 metros, para
terminar hacia el SUR en 5.20 metros lindando en
estos puntos con propiedad de Luis López Padilla.
Inmueble que se encuentra inscrito en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio en el Estado
bajo el número cuarenta y tres, del libro mil ciento
ochenta y ocho, Sección Primera, del Municipio de
Aguascalientes, de fecha cinco de abril de mil nove-
cientos noventa y uno.
Postura Legal siendo postura legal la cantidad
de $11,146,866.66 (ONCE MILLONES, CIENTO
CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA
Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS
MONEDA NACIONAL), cantidad que corresponde a
las dos terceras partes del precio del avalúo rendido
por el perito tercero en discordia.
Por último, se hace del conocimiento de los
postores que el inmueble sujeto a remate reporta
adeudos scales por concepto de impuesto a la
propiedad raíz por la cantidad de CIENTO CUAREN-
TA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS
PESOS hasta el día veintiuno de enero de dos mil
diecinueve, en la inteligencia de que el adjudicatario
deberá soportar y hacer pago de los créditos scales
reportados por el bien inmueble objeto del remate,
así como aquellos que en su caso llegue a reportar
dicho bien, por lo que deberá de hacerse saber a los
postores dicha situación en los edictos.
Convóquense postores.
Aguascalientes, Ags., a 15 de septiembre de 2020.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,
LIC. BLANCA ESTHELA SOLÍS LÓPEZ. (2907)
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
JESÚS MARÍA, AGS.
EDICTO Ú N I C A PUBLICACIÓN
En el expediente 0778/2020, promueve JAVIER
CRUZ MUÑOZ, Jurisdicción Voluntaria (Diligencias
de Información Ad-Perpetuam), a n de acreditar
que por prescripción positiva me he convertido en
propietario del predio que más adelante describiré:
Capilla ubicada en la calle Josefa Ortiz de
Domínguez esquina con calle Sur sin número,
de la Localidad de La Florida, en el Municipio
de Jesús María, Aguascalientes, con una
supercie de 256.00 m2 y con las siguientes
medidas y colindancias:
Al NORTE, en 10.00 metros, colindando con calle
Josefa Ortiz de Domínguez;
Al SUR, en 10.00 metros, colindando con Jesús
Gómez Martínez;
Al ORIENTE, en 25.60 metros, colindando con
Rosa María Martínez Martínez;
Al PONIENTE, en 25.60 metros, colindando con
calle Sur.
Convoque personas que se crean con derecho
a oponerse a las presentes diligencias, para que se
presenten ante este Juzgado a deducirlo y justicarlo
dentro del término de ley y de conformidad con el
artículo 5° del Código de Procedimientos Civiles
vigente en el Estado.
Jesús María, Ags., a 10 de septiembre de 2020.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS,
LIC. JULIO CÉSAR DÍAZ VÁZQUEZ. (2717)

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