Niega El Poder Judicial Federal Otro Amparo Al Sindicato Minero En Torno a La Huelga de Cananea

DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

COMUNICADO DE PRENSA 043 / 2011

México, DF; Martes 15 de marzo de 2011

·Se confirma la actuación de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

·La huelga dejó de tener efectos a partir de la terminación de las relaciones de trabajo.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa, que el día de hoy se publicó en la página electrónica del Consejo de la Judicatura Federal, el resultado del juicio de amparo que promovió el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero), en contra de la resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en la que, el pasado 4 de junio de 2010, determinó que al no existir relaciones de trabajo en la mina, la huelga estallada por el Sindicato Minero había dejado de tener efectos.

Como se recordará, el 14 de abril de 2009 la JFCA declaró terminadas las relaciones de trabajo, así como el Contrato Colectivo de Trabajo que existía entre la empresa Mexicana de Cananea, S.A. de C.V. y el Sindicato Minero. Lo anterior, en virtud de haberse acreditado la destrucción y daños ocasionados a la mina durante una huelga que se prolongó por casi tres años, lo que constituyó una causa de fuerza mayor no imputable al patrón. Esta resolución de la JFCA, fue validada en todas las instancias por el Poder Judicial Federal, ya que el Sindicato Minero agotó, sin éxito, todos los recursos jurídicos a su alcance, incluso la revisión y reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la...

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