Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al otorgamiento de la Distinción al Mérito Judicial Ignacio L. Vallarta , correspondiente al año dos mil diez

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2011
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE LA DISTINCION AL MERITO JUDICIAL "IGNACIO L. VALLARTA", CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL DIEZ.

CONSIDERANDO

PRIMERO

El tres de octubre de dos mil seis, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Carrera Judicial y las Condiciones de los Funcionarios Judiciales;

SEGUNDO

En el Título Decimoprimero, Capítulo I, del Acuerdo General señalado en el considerando anterior, se establece, entre otros estímulos para el personal jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, la Distinción al Mérito Judicial "I.L.V.", que se entregará anualmente a un juez de Distrito, a un magistrado de Circuito de tribunal unitario y a un magistrado de Circuito de tribunal colegiado, en reconocimiento a sus méritos en la carrera judicial;

TERCERO

Los artículos 139 a 143 del Acuerdo General antes invocado, establecen el procedimiento a seguir para otorgar la referida distinción al mérito judicial;

CUARTO

El artículo 143 del referido Acuerdo General, establece que si el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal lo estima conveniente, podrá abstenerse de otorgar la mencionada distinción al mérito judicial en una o varias categorías de las señaladas en el considerando segundo; igualmente, podrá conferir, si así lo considera, más de un reconocimiento en una sola de esas categorías;

QUINTO

En acatamiento a lo establecido por los artículos 140 y 141 del mencionado Acuerdo General, la Comisión de Carrera Judicial analizó el historial de diversos servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, para seleccionar a los candidatos que reunieran los requisitos para ser acreedores de la Distinción al Mérito Judicial "I.L.V.". Hecho el estudio correspondiente, sometió a consideración del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, la propuesta de los servidores públicos que estimó reunían los requisitos para que se otorgara la referida distinción correspondiente al año dos mil diez, en las categorías de juez de Distrito, de magistrado de tribunal unitario de Circuito y de magistrado de tribunal colegiado de Circuito, para hacer la designación respectiva;

SEXTO

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de cinco de octubre de dos mil once, por unanimidad de seis votos, determinó otorgar la Distinción al Mérito Judicial "I.L.V." correspondiente al año dos mil diez, en la categoría de magistrado de tribunal colegiado de Circuito, al magistrado M.A.A.M., quien cumple con los requisitos exigidos por el artículo 140 del citado Acuerdo General, toda vez que su actuación en la tarea jurisdiccional es apegada al principio de excelencia, acorde con el Código de Etica. Ahora bien, por cuanto hace a la distinción en las categorías de juez de Distrito y de magistrado de tribunal unitario de Circuito, estimó...

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