Decreto por el que se concede jubilación al C. Leonardo Ramírez Hernández.

18 de septiembre de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4719
6. Que mediante escrito de fecha 16 de marzo de 2007, suscrito por el C. SALVADOR MORENO
OLVERA, solicita al C. Lic. Fernando Romano Padro, Director General del Sistema Estatal para el Desa-
rrollo Integral de la Familia (SEDIF), su amable intervención ante la LV Legislatura del Estado de Queré-
taro, a efecto que le sea concedido el beneficio de la Jubilación a que tiene derecho, de conformidad a
los artículos 132, 135, 136 y 137 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios; así
como lo establecido por el artículo 18 fracción X del Convenio Laboral que contiene las Condiciones Ge-
nerales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Querétaro.
7. Que mediante oficio RYS/0293/07, de fecha 9 de mayo de 2007, signado por el C. Fernando Rodríguez
Moreno, Director Administrativo del Sistema Estatal DIF, presentó ante este Poder Legislativo del Estado
de Querétaro, formal Iniciativa de Decreto de Jubilación a favor del C. SALVADOR MORENO OLVERA,
lo anterior conforme lo dispuesto por los artículos 129, 142-D y 142-E de la Ley de los Trabajadores al
Servicio del Estado y Municipios.
8. Que atendiendo a la información remitida por Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del
Estado de Querétaro el C. SALVADOR MORENO OLVERA, cuenta con 30 años de servicio, lo que se
acredita con la constancia de antigüedad de fecha 9 de abril de 2007, suscrita por el C. Fernando Rodrí-
guez Moreno, Director Administrativo del Sistema Estatal DIF y en el cual se indica que el ingreso del tra-
bajador fue desde el 1 de enero de 1977 y prestaba sus servicios para Gobierno del Estado de Queréta-
ro, en la plaza de chofer, adscrito a la Dirección de Asistencia Social del Sistema para el Desarrollo Inte-
gral de la Familia del Estado de Querétaro, percibiendo un salario de $6,543.00 (SEIS MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N), más la cantidad de $3,022.00 (TRES MIL VEINTIDOS PE-
SOS 00/100 M.N), por concepto de Quinquenio, lo que lo hacen un total de $9,565.00 (NUEVE MIL QUI-
NIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), en forma mensual.
9. Que atendiendo a los requisitos señalados en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Munici-
pios y el Convenio Laboral que contiene las Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al
Servicio de Gobierno del Estado, se desprende que se han reunido todos y cada uno de los mismos y por
ende, la LV Legislatura del Estado de Querétaro encuentra elementos suficientes para su aprobación.
Es así que resulta viable la petición que realiza el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
del Estado de Querétaro, para otorgar la jubilación al C. SALVADOR MORENO OLVERA por haber
cumplido más de 28 años de servicio, por lo que es de concederle la jubilación por la cantidad correspon-
diente al 100% (cien por ciento) del último salario percibido con cargo a la partida de la última entidad en
la que prestó sus servicios.
Por lo anteriormente expuesto, la Quincuagésima Quinta Legislatura del Estado de Querétaro aprueba el
siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE JUBILACIÓN
AL C. SALVADOR MORENO OLVERA
ARTÍCULO PRIMERO. En virtud de haberse cubierto y satisfecho los requisitos señalados en los artícu-
los 128, 132, 135, 136, 137 y 142-D de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios, así como
el artículo 18, fracción X de las Condiciones Generales de Trabajo, que rigen la relación de los Trabajadores al
Servicio del Gobierno del Estado, en justo reconocimiento a los servicios prestados al Sistema para el Desarro-
llo Integral de la Familia del Estado de Querétaro, se concede jubilación al C. SALVADOR MORENO OLVERA,
quien el último cargo que desempeñaba lo era el de chofer, adscrito a la Dirección de Asistencia Social del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Querétaro, asignándosele por este concepto en
forma vitalicia la cantidad de $9,565.00 (NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.),
mensuales, equivalente al 100% del último salario que percibía por el desempeño de su puesto, más los incre-
mentos contractuales y legales que le correspondan hasta la fecha en que entre en vigor el presente Decreto.
Dicha cantidad será cubierta con cargo al Presupuesto de Egresos de el Sistema para el Desarrollo Inte-
gral de la Familia del Estado de Querétaro.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR