José Woldenberg / Fraude a la ley

AutorJosé Woldenberg

No sólo en México, sino prácticamente en todo el mundo democrático, se han diseñado procedimientos para lograr una representación equilibrada entre hombres y mujeres en los congresos. No se descubre nada si se afirma que en ese terreno hay un déficit mayúsculo. Y para remontarlo una de las fórmulas utilizadas son las llamadas acciones afirmativas que consisten en regular el acceso a los cargos de representación estableciendo cuotas mínimas para los géneros.

En nuestro país, fue con la reforma de 1996 que se instauró que en ningún caso la postulación a diputados federales por cada partido podría ser de más del 70 por ciento de un mismo sexo. Se trataba, con claridad, de que por lo menos el 30 por ciento de los candidatos fueran mujeres. Esa disposición resulta más sencillo de hacerla realidad en el caso de las listas de representación proporcional que en los distritos uninominales, puesto que en estos últimos se elige a una sola persona.

No obstante, en la primera experiencia (1997), fue claro que no pocos partidos evadían el sentido de la ley inscribiendo a "la cuota de mujeres" en los últimos lugares de la lista o como suplentes. De esa manera llegaban al 30 por ciento de postulaciones respetando la ley y violando su espíritu. Fue entonces, si mal no recuerdo, que la entonces consejera electoral Jacqueline Peschard propuso que el Consejo General del IFE reglamentara la presentación de las candidaturas de las listas plurinominales. Su iniciativa prosperó y se estableció que por cada tramo de tres candidatos, dos deberían ser de un sexo y uno del otro. Se trataba de obligar a los partidos a cumplir la letra y el sentido de la ley: alentar una representación medianamente equilibrada entre hombres y mujeres.

Hoy el Cofipe es aún más enfático. Establece en su artículo 220 que "las listas de representación proporcional se integrarán por segmentos de cinco candidaturas. En cada uno de los segmentos de cada lista habrá dos candidaturas de género distinto, de manera alternada". Es decir, que por lo menos el 40 por ciento de los candidatos a plurinominales deben ser mujeres.

No es una excentricidad mexicana, sino una reivindicación de equidad que ha cristalizado en diferentes instrumentos internacionales como la Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (1979) o la Plataforma de Acción surgida de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer organizada por la ONU (1995). Y hoy, por lo...

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