Jorge Fernando Negrete P. / Senado: Panaut, marginación y delincuencia

AutorJorge Fernando Negrete P.

Se publicó en el DOF el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, aprobado por el Senado. Felicidades, margina los derechos de conectividad de los ciudadanos y los más pobres. Acelerará la transformación digital de la delincuencia organizada. Generará desconexión, un mercado negro de tarjetas SIM, la violación transversal de derechos humanos y pérdida de usuarios a los operadores de telecomunicaciones. Junto con el incremento del precio del espectro radioeléctrico, es la decisión legislativa más desinformada, autocrática y conculcatoria de derechos que haya visto en América Latina.

La Senadora Lucy Meza, presidenta de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, y el Presidente López Obrador, coincidieron en su defensa. "La entrega de datos biométricos no es algo nuevo", dijo la senadora. El Presidente: "implica un trámite que se hace en otros lados, en los bancos... hay que dar los nombres e incluso huella". Lo que no informaron a la senadora y al Presidente, es que el acceso a un dispositivo móvil es un derecho fundamental, el banco no.

Un derecho fundamental. El derecho de acceso a Internet, servicios de telecomunicaciones, banda ancha y tecnologías de la información, habilita otros como educación, salud, cultura, libertad de expresión, en suma, fortalece las instituciones democráticas y los derechos sociales. Las modificaciones autorizadas condicionan el acceso a estos servicios y derechos, a un registro ante el IFT. En caso contrario, se cancela el servicio y con ello el ejercicio de derechos humanos, bienestar económico y social, garantizados por la Constitución.

El IFT. De habilitador a inhibidor de derechos de conectividad. El IFT es un órgano bilingüe, es regulador y garante de derechos. Como garante, debe habilitar derechos para generar innovación, productos y servicios que liberen nuevas formas de ejercer derechos humanos. Ahora, la reforma le atribuye la facultad de cancelar conexiones e imponer multas a ciudadanos y empresas.

Debiendo promover la conectividad con solvencia, se transforma en un vulgar policía de la conectividad.

¿Puede el IFT restringir derechos? No. Un órgano garante no restringe derechos. Art 1º de la Constitución: "Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán... favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad...

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