Jorge Alcocer V. / Otra vez, el padrón

AutorJorge Alcocer V.

"Hoy, las mexicanas y mexicanos podemos confiar en nuestro padrón de ciudadanos. Incluso nuestros amigos jarochos" (María Marván Laborde y David Bernal Hernández; Voz y Voto, junio, 2013, p.12).

"Por solo 4 mil pesos, cualquier persona puede tener en sus manos el padrón electoral del IFE" (Reforma, primera plana, 3 de junio, 2013, nota de Osvaldo Robles).

Existe una aparente contradicción entre lo que afirma la consejera electoral del IFE y lo que arrojó la investigación periodística de Reforma; digo que es aparente porque las informaciones están referidas a problemáticas distintas. Mientras que Marván centra su análisis en la veracidad de los datos personales asentados en el padrón y los listados de electores, la nota del reportero Robles da cuenta de la extrema vulnerabilidad que sigue afectando el resguardo de las bases de datos del Registro Federal de Electores (RFE), dependiente del IFE.

Hace lustros que el RFE enfrenta varios problemas para mantener actualizada la base de datos del padrón electoral, entre otros la desidia ciudadana en informar los cambios de domicilio; la debilidad de los registros civiles para notificar las defunciones y la persistente práctica de adulteración de datos y falsificación de credenciales para votar, con fines no electorales. Las normas legales y los acuerdos del IFE han avanzado mucho para exigir a los ciudadanos documentos probatorios de su identidad al momento de solicitar su inscripción, o notificar cambios de datos en el padrón electoral, pero los problemas persisten.

Dos condiciones de naturaleza legal afectan la calidad y seguridad de la base de datos del RFE; una es su condición de instrumento de buena fe, derivada de su naturaleza electoral. La otra es el acceso de los partidos políticos a la base de datos, situación que hace prácticamente imposible asegurar su resguardo en los términos que señala el Cofipe. Los casos de fuga de información masiva, con tráfico ilegal de la base de datos, son recurrentes.

La solución para esa problemática fue diseñada, constitucionalmente, desde la reforma de 1990, que dispuso en el artículo 36, fracción I, la obligación de los ciudadanos de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, y en correspondencia, la del Estado para la organización y funcionamiento de ese Registro y la expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana, misma que deberá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR