Entrevista / Javier Quijano Baz / Debe Corte definir estatus del DF

AutorAlberto Aguirre

MURAL / México

MÉXICO.- El presidente de la Barra Mexicana de Abogados, Javier Quijano Baz, asesoró a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en la redacción de la controversia constitucional que demanda la invalidez de los actos jurídicos, que no la decisión de la Cámara de Diputados de desa- forar a Andrés Manuel López Obrador como Jefe de Gobierno.

"Con la demanda de controversia constitucional, la Asamblea Legislativa no está defendiendo al Jefe de Gobierno. El pleito es del Distrito Federal contra la Federación.

"Con este caso se definirá, de una vez y para siempre, el estatus jurídico y político del Distrito Federal. La Corte deberá resolver si es una entidad con una autonomía jurídica, política y electoral o si se mantiene como un apéndice del Gobierno federal", señala.

¿Es erróneo hablar de inhabilitación del Jefe de Gobierno?

Sí, porque si se trataba de separarlo del cargo por virtud de un juicio de procedencia, la Asamblea Legislativa es quien tiene que decidirlo. No es lógico ni razonable que lo haga la Cámara de Diputados. Ellos siguen pensando que el Jefe de Gobierno es un funcionario federal y que en consecuencia es la Cámara de Diputados federal la que debía resolver, y no se dan cuenta de que desde 1993 el Jefe de Gobierno pasó de ser un empleado federal a ser un funcionario local de elección popular.

¿Qué camino debió haber tomado la Cámara de Diputados?

Decir: "ha lugar a proceder, túrnese el expediente a la Asamblea Legislativa". Eso es lo que le ordena el párrafo quinto del artículo 111 constitucional. El Jefe del GDF está al frente de la administración pública de la entidad y fue electo democráticamente. Esto es lo que hace homologable al Jefe de Gobierno con un Gobernador, de acuerdo con jurisprudencia de la Corte, y es la ALDF la que resuelve si concede o no permiso al Jefe de Gobierno, si acepta o no su renuncia, y, cuando falte, quien nombra a un sustituto.

¿Se puede corregir?

La SCJN es la que puede hacerlo. Por eso es que se ha suscitado una controversia constitucional. Las controversias "se suscitan": se dan, no es que uno las cree. No. La controversia constitucional se suscita, acaece, pasa, acontece. La Cámara de Diputados se extralimitó y la Asamblea se quejó por eso.

¿Podía la Asamblea Legislativa emitir un decreto diciendo que no ha lugar a proceder el desafuero?

El Jefe de Gobierno no sólo fue electo, sino que ha desempeñado su función durante cuatro años y cinco meses; ha hecho obra pública y social...

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