JAQUE MATE / ¿Sector o servicio?

AutorSergio Sarmiento

"La competencia es una motivación ruda pero efectiva".

Toba Beta

En mayo de 2013, cuando se hicieron las reformas constitucionales en telecomunicaciones, todos los partidos presentaron el nuevo texto como un gran triunfo. Dijeron incluso que era una reforma "casi perfecta". Quienes así lo decían, sin embargo, hoy cuestionan la legislación secundaria por decir exactamente lo que la reforma constitucional.

Hoy se registra, sin embargo, una gran discusión. ¿Cómo declarar la preponderancia, una de las armas más fuertes de la reforma para promover la competencia? ¿Por sector o por servicio? Lo lógico, en mi opinión, es por servicio. Definir la preponderancia por sector junta a la televisión de paga con la telefonía y el internet en el sector de las telecomunicaciones y permite así que Grupo Televisa (aclaración de interés: yo colaboro para su competidora, TV Azteca) mantenga un control sustancial sobre la televisión de paga. Es absurdo decir que Televisa no es preponderante en el mercado de la televisión de paga cuando es dueña de Sky, Cablevisión y Cablemás.

El problema es que la reforma constitucional que los legisladores afirmaban era casi perfecta dice en su artículo octavo transitorio, fracción III: "El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones...". No habla de servicios sino de dos sectores específicos.

Los miembros del IFT actuaron conforme al mandato constitucional y declararon como preponderantes a Televisa en radiodifusión y a América Móvil y a otras empresas de Grupo Carso, como Inbursa, en telecomunicaciones. Los miembros del Congreso, que tenían obligación de aprobar la legislación secundaria en noviembre de 2013, 180 días naturales después de la publicación de la reforma constitucional el 22 de mayo de ese año, siguen discutiendo el tema.

Los miembros del IFT afirman que no pueden determinar más agentes preponderantes que los que ordena la Constitución. Pero eso no elimina la discusión en la ley secundaria sobre el tema. ¿Debe mantenerse la preponderancia como la establece la Constitución, esto es, por sectores, o extenderla para incluir servicios como la televisión de paga?

Yo preferiría una declaración de preponderancia por servicios. Sería mejor para mí en lo personal, como colaborador de una competidora de Televisa, pero sobre todo como...

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