Resolución por la que se desecha la solicitud de inicio de investigación de salvaguarda especial sobre las importaciones de carne de la especie porcina en jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, canales o medias canales, frescos o refrigerados y congelados; las demás (piernas, paletas y sus trozos deshuesados, así como costilla, cabeza de...
Fecha de disposición | 23 Enero 2004 |
Fecha de publicación | 23 Enero 2004 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Resolución por la que se desecha la solicitud de inicio de investigación de salvaguarda especial sobre las importaciones de carne de la especie porcina en jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, canales o medias canales, frescos o refrigerados y congelados; las demás (piernas, paletas y sus trozos deshuesados, así como costilla, cabeza de lomo, entre otros), frescos y refrigerados, mercancía clasificada actualmente en las fracciones arancelarias 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 y 0203.29.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias y procedentes de los Estados Unidos de América y de Canadá.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCION POR LA QUE SE DESECHA LA SOLICITUD DE INICIO DE INVESTIGACION DE SALVAGUARDA ESPECIAL SOBRE LAS IMPORTACIONES DE CARNE DE LA ESPECIE PORCINA EN JAMONES, PALETAS Y SUS TROZOS SIN DESHUESAR, CANALES O MEDIAS CANALES, FRESCOS O REFRIGERADOS Y CONGELADOS; LAS DEMAS (PIERNAS, PALETAS Y SUS TROZOS DESHUESADOS, ASI COMO COSTILLA, CABEZA DE LOMO, ENTRE OTROS), FRESCOS Y REFRIGERADOS, MERCANCIA CLASIFICADA ACTUALMENTE EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 Y 0203.29.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS Y PROCEDENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y DE CANADA.
Visto para resolver en la etapa procesal que nos ocupa el expediente administrativo S.A. 36/02, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, se emite la presente Resolución, de conformidad con los siguientes:
RESULTANDOS
Presentación de la solicitud
El 19 de diciembre de 2002, el Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C., en lo sucesivo CMP, por conducto de su representante legal, compareció ante la Secretaría para solicitar el inicio de un procedimiento de salvaguarda especial, con fundamento en el inciso b) del párrafo 4 del artículo 5 del Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial del Comercio, en lo sucesivo AsA, sobre las importaciones de carne de la especie porcina en jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, canales o medias canales, frescos o refrigerados y congelados; las demás (piernas, paletas y sus trozos deshuesados, así como costilla, cabeza de lomo, entre otros), frescos y refrigerados, originarios y procedentes de los Estados Unidos de América y de Canadá.
La solicitante manifestó que las importaciones de carne de la especie porcina a través de las seis fracciones arancelarias referidas provenientes de los Estados Unidos de América y de Canadá en el periodo comprendido de enero a octubre de 2002, exceden 26 por ciento del promedio de los años 1999 a 2001 por lo que se actualiza el supuesto previsto en el inciso a) del párrafo 1 del artículo 5 del AsA.
Solicitante
El Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C., es una asociación constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio para oír y recibir notificaciones en la calle Algeciras número 35, colonia Insurgentes Mixcoac, delegación Benito Juárez, código postal 03930 en México, D.F., cuya principal actividad consiste en representar, promover, proteger y defender los intereses de la porcicultura mexicana y agrupa a diversas asociaciones productoras de cerdo en pie y carne de cerdo.
Periodo investigado
El CMP propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de enero al 31 de octubre de 2002, ya que hubo un incremento de importaciones en dicho periodo, que según lo expresado por la solicitante, provocó daño serio a la rama de la producción nacional de carne de la especie porcina en jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, canales o medias canales, frescos o refrigerados y congelados; las demás (piernas, paletas y sus trozos deshuesados, así como costilla, cabeza de lomo, entre otros), frescos y refrigerados, originarios y procedentes de los Estados Unidos de América y de Canadá.
Información sobre el producto
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Descripción del producto
La solicitante manifestó que la mercancía investigada es carne de la especie porcina en jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, canales o medias canales, frescos o refrigerados y congelados; las demás (piernas, paletas y sus trozos deshuesados, así como costilla, cabeza de lomo, entre otros), frescos y refrigerados, originarios y procedentes de los Estados Unidos de América y de Canadá.
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Tratamiento Arancelario
De acuerdo con la nomenclatura de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en lo sucesivo TIGIE, el producto propuesto a investigación ingresa a los...
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