Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Fideicomiso de Administración e Inversión denominado Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de San Luis Potosí y el Municipio de Axtla de Terrazas de dicha entidad federativa, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena 2011

Fecha de disposición24 Octubre 2012
Fecha de publicación24 Octubre 2012
SecciónTERCERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

ACUERDO de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Fideicomiso de Administración e Inversión denominado Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de San Luis Potosí y el Municipio de Axtla de Terrazas de dicha entidad federativa, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena 2011. PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA

ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA POR EL C. MTRO. FRANCISCO JAVIER NORIEGA ARJONA, EN SU CARACTER DE DELEGADO ESTATAL, POR OTRA PARTE, EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION E INVERSION DENOMINADO "FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. ING. PABLO GARCIA PEREZ, EN SU CARACTER DE SEGUNDO PRESIDENTE SUPLENTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL FOFAES"; TAMBIEN EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AXTLA DE TERRAZAS, S.L.P., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EJECUTORA", REPRESENTADO POR LOS CC. ING. ROGELIO AZUARA ECHAVARRIA, PROF. OSVALDO MONSIVAIS GUDIÑO Y LIC. ARIADNA CONTRERAS CERVANTES, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO Y SINDICO MUNICIPAL; PARTICIPANTES QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA 2011, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado B establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno.

  2. El Programa para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2009-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2009, señala que el mismo tiene como principio estructural, el apartado B del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se establece que la superación de los rezagos económicos y sociales y el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y las comunidades indígenas, son responsabilidad de las instituciones del Estado mexicano, en sus tres órdenes de gobierno.

  3. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2010, establece en su artículo 30 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su Anexo 18, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION".

  4. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a "LAS REGLAS DE OPERACION" que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.

  5. Con fecha 4 de febrero de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, en adelante "LAS REGLAS DE OPERACION".

  6. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen que su objetivo general consiste en mejorar los ingresos de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas, mediante la instalación de proyectos productivos sustentables surgidos con el consenso de los indígenas, teniendo como objetivos específicos ampliar la inversión pública en regiones indígenas para el apoyo de proyectos productivos, mediante la mezcla de recursos entre "LAS PARTES", para el apoyo de proyectos productivos; impulsar la creación y consolidación de proyectos y empresas rentables y sustentables, armonizados con su entorno cultural y ambiental, que permitan mejorar las condiciones de vida de la población indígena; apoyar la organización, el acompañamiento de los proyectos mediante servicios de asistencia técnica, capacitación, asesoría integral, a través del fortalecimiento de capacidades que considere los saberes y habilidades de los individuos, que permitan su adecuada materialización; apoyar la infraestructura productiva y equipamiento de las comunidades indígenas; promover e Impulsar la ejecución de proyectos y sistemas de producción que permitan el establecimiento de cadenas productivas que generen valor agregado a los productos y facilite la inserción a los mercados o circuitos comerciales.

  7. Que el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2011, fue celebrado el día 3 del mes de marzo de 2011 entre el Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y la

    Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), de conformidad con las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de diciembre de 2010 (LAS REGLAS DE OPERACION).

  8. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo Convenio de Concertación para la ejecución de "EL PROGRAMA".

    DECLARACIONES

  9. De "LA COMISION":

    I.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de...

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