Introducción

AutorGonzalo Altamirano Dimas
Páginas3-4
3
Estudio
Los derechos humanos de
cuarta generación
I.- Introducción
El desarrollo del ser humano es una las realidades que debe constituirse como condición
para el cambio social, el surgimiento de nuevos valores, y el advenimiento de nuevas formas
de organización social. Es por esa razón que resulta necesario reflexionar acerca de la
relación entre los desarrollos técnicos y el impulso del entorno humano como uno de los
hechos determinantes de la realidad actual, tomando en consideración que el mundo ha
cambiado de forma sustancial a partir de ese impulso.
Frente al fenómeno multifactorial que incide sobre las realidades -y las deformaciones-
morales, psicológicas y sociales, obligadamente se deben considerar, entre otros, dos
elementos: uno, desde el punto de vista teórico, es la forma en que se está reconstruyendo
la identidad y la conciencia humanas; los medios técnicos y sus herramientas tecnológicas
extienden el ámbito de la expresión y la comunicación a otros espacios. El otro elemento
objetivo es de carácter político, y nos advierte frente a la necesidad de instrumentar e
implementar políticas coherentes que reconozcan las nuevas necesidades humanas para
aprovechar dichos medios, y los nuevos derechos que son inherentes al hecho mismo del
vivir en una sociedad tecnológica.
En el marco de la evolución social de los derechos humanos, los derechos civiles y políticos
de primera generación son aquellos que recaen sobre la libertad de los individuos. Estos
derechos están comprendidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de
1948 y los Pactos Internacionales de 1966, a saber, el de los Derechos Civiles y Políticos,
y el de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El derecho a la dignidad de la
persona, y a su autonomía y libertad frente al estado, su integridad física, las garantías
procesales, son derechos que tienen como soporte la filosofía de la ilustración y las teorías
del contrato social. El constitucionalismo y el liberalismo progresista dieron un fuerte
impulso a la inclusión de dichos derechos en las constituciones de los estados nacionales
europeos, favoreciendo así la universalización de los derechos civiles y políticos básicos.
Los derechos humanos de 2ª,3ª y 4ª generación se incorporan a partir de pensamiento
humanista y socialista; son de naturaleza económica y social, e inciden sobre la expresión
de igualdad de los individuos. Los derechos de primera generación defendían a los
ciudadanos frente al poder del estado, en cambio, actualmente se exige al estado su
intervención activa para garantizar un acceso igualitario a los derechos citados,
compensando las desigualdades naturales creadas por las ventajas y desventajas de
clases, etnia y religión que caracterizan las diferencias sociales de los individuos. Se
requería al estado ser garante del acceso a los derechos a la educación, al trabajo, a la
salud, la protección social, etc., para crear las condiciones sociales para el ejercicio real de
las libertades en una sociedad abiertamente desigual. La universalización del sufragio y el
reformismo social posibilitaron que las constituciones liberales del siglo XIX pudieran
abarcar estos derechos. El movimiento obrero y las ideologías de corte internacionalista
impulsaron definitivamente la consciencia de la necesidad de extender a todos los
ciudadanos, y de forma progresiva, el derecho de educación, al trabajo, a la salud
garantizados por el Estado.

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