Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Tequisquiapan, Qro.

Pág. 2556 PERIÓDICO OFICIAL 27 de marzo de 2009
GOBIERNO MUNICIPAL
C. NOÉ ZÁRRAGA TREJO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TEQUISQUIAPAN, QRO;
HACE SABER A SUS HABITANTES QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS
115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 30 FRACCIÓN I, 146 Y
147 DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL
ESTADO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O S
Que el Ayuntamiento se encuentra facultado para organizar su funcionamiento y estructura, así como la
regulación de las materias de su competencia a través de la aprobación expedición y adecuación de bandos,
reglamentos, decretos, acuerdos y circulares que contengan disposiciones administrativas de observancia
general y obligatoria, para los Órganos de Gobierno y Organismos Públicos del Municipio de Tequisquiapan,
Qro., a efecto de preservar su autoridad institucional y el desarrollo armónico de la sociedad.
Que con fecha seis de marzo de mil novecientos ochenta y seis, se publicó en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, el Decreto que Crea el Sistema Municipal para el Desarrollo
Integral de la Familia del Municipio de Tequisquiapan, Qro., como un organismo público descentralizado; donde
se establecen sus principales objetivos encaminados a la promoción del bienestar social de las comunidades, la
familia y la niñez, así como a la población en condiciones de alta vulnerabilidad y rezago.
Que el Plan Municipal de Desarrollo 2006-2009 de Tequisquiapan, Qro., establece dentro del eje rector
Desarrollo Social y Humano, en el objetivo rector del DIF Municipal, el compromiso de mejorar la calidad de vida
de los habitantes del Municipio, con especial énfasis en los grupos vulnerables; que propicie un ambiente de
justicia, paz y armonía social y favorezca el desarrollo integral de las comunidades, las familia y las personas.
Que se requiere impulsar una nueva normatividad, el rediseño de estructuras, sistemas y procedimientos,
así como los mecanismos de gestión que permitan la organización y prestación eficiente y eficaz de servicios de
asistencia social a favor de las personas y grupos más vulnerables de la sociedad tequisquiapense que por sus
condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales así lo requieran.
Que para tal fin es necesario fortalecer el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del
Municipio de Tequisquiapan, Qro., dotándole de un ordenamiento que regule y fortalezca su estructura de
organización y funcionamiento, y defina con claridad y orden las atribuciones para los Órganos que lo
conforman, así como los objetivos y funciones de las Coordinaciones y Unidades que lo integran.
Por lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Tequisquiapan, Qro., en la Quincuagésima Octava
Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha diecisiete de febrero del año dos mil nueve, tuvo a bien aprobar y expedir
el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA FAMILIA DE TEQUISQUIAPAN, QRO.
TÍTULO PRIMERO
DE LAS FACULTADES Y ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Las disposiciones del presente reglamento son de orden público e interés social y tienen
por objeto regular la organización, funcionamiento y atribuciones de los Órganos, Coordinaciones y Unidades
que integran el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Tequisquiapan, Qro., en lo
sucesivo DIF Municipal.
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ARTÍCULO 2. El DIF Municipal es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio. Su función primordial es la prestación de servicios de Asistencia Social, de una manera
planeada, programada y coordinada con la participación de las instituciones públicas y privadas en el ámbito
municipal.
ARTÍCULO 3. El DIF Municipal desarrollará y evaluará sus programas, con base en las políticas,
prioridades y lineamientos estratégicos del Plan Municipal de Desarrollo y las que se establezcan por el
Ayuntamiento del Municipio de Tequisquiapan, Qro.
ARTÍCULO 4. El patrimonio del DIF Municipal está formado por:
I. Los bienes de su propiedad que posee el Comité Municipal del DIF;
II. El 5% del Presupuesto Anual del Municipio, no reductible durante su ejercicio;
III. Los ingresos que obtenga por los servicios que preste;
IV. Los subsidios, subvenciones, aportaciones, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones y
demás bienes que la Federación, el Estado ó Municipio le determinen;
V. Los bienes que en calidad de liberalidad le otorguen los particulares; y
VI. Los demás bienes que obtengan por cualquier título legal.”
ARTÍCULO 5. Las relaciones laborales de los empleados del DIF Municipal, se regirán por la Ley de los
Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios y el Reglamento Interior de Trabajo del Municipio de
Tequisquiapan, Qro.
CAPITULO II
DE LAS PERSONAS SUJETAS DE ASISTENCIA SOCIAL
ARTÍCULO 6. El DIF Municipal proporcionará servicios de asistencia social a las siguientes personas:
I. Los menores en estado de abandono, desamparo, desnutrición o sujetos de maltrato;
II. Los menores de doce años de edad, a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada
como delito por las leyes del Estado, en cuanto a su readaptación e incorporación a la sociedad y
sin menoscabo de lo que establezcan las leyes que resulten aplicables;
III. Los alcohólicos y fármaco dependientes;
IV. Las mujeres en estado de abandono, en período de gestación o lactancia;
V. Los adultos mayores en estado de abandono, con incapacidad legal, marginación o sujetos a
maltrato;
VI. Las personas con alguna discapacidad de las que señala la Ley para las personas con
Discapacidad del Estado de Querétaro;
VII. Las personas en situación de indigencia;
VIII. Las víctimas de la comisión de delitos que se encuentren en estado de abandono;
IX. Los familiares que dependen económicamente de quienes se encuentran recluidos por la comisión
de delitos, si quedan en estado de abandono;
X. Los habitantes del medio rural o del urbano, marginados, que carezcan de lo indispensable para su
subsistencia;
XI. Las personas afectadas por desastres; y
XII. Los demás sujetos considerados en otras disposiciones jurídicas aplicables.
CAPÍTULO III
DE LA COMPETENCIA Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DIF MUNICIPAL
ARTÍCULO 7. El DIF Municipal para el cumplimiento de sus objetivos y competencias, contará con las
siguientes atribuciones:
I. Planear, programar, controlar y evaluar la prestación de los servicios de asistencia social en el
ámbito municipal; atendiendo a las disposiciones jurídicas y reglamentarias aplicables;

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