Circular S-3.3 mediante la cual se dan a conocer a los intermediarios de reaseguro y personas interesadas en ejercer la actividad de apoderado de intermediario de reaseguro, los requisitos y el procedimiento para su autorización y refrendo

Fecha de disposición04 Mayo 2010
Fecha de publicación04 Mayo 2010
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR S-3.3

ASUNTO: Apoderados de Intermediario de Reaseguro.- Se da a conocer los requisitos y el procedimiento para su Autorización y Refrendo.

A LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO

Y PERSONAS INTERESADAS EN EJERCER

LA ACTIVIDAD DE APODERADO DE

INTERMEDIARIO DE REASEGURO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en concordancia con lo establecido en la Octava y Novena de las Reglas para la Autorización y Operación de Intermediarios de Reaseguro, así como en la Disposición Cuarta de la Circular S-3.1 vigente, se hace de su conocimiento los requisitos y el procedimiento para obtener la autorización para ejercer la actividad de Apoderado de Intermediario de Reaseguro así como su refrendo, de conformidad con las siguientes disposiciones:

PRIMERA.- El intermediario de reaseguro, por conducto de su representante legal, deberá presentar ante esta Comisión a través del Sistema de Citas y Registro de Personas, ubicado en la página Web de la propia Comisión (www.cnsf.gob.mx) la solicitud de autorización para actuar como apoderado de dicho intermediario, adjuntando en archivos en formato PDF (Portable Document Format) en términos de lo previsto en la Disposición Décima Segunda de esta Circular, los siguientes documentos:

  1. Formato de solicitud requisitado y firmado (Anexo 1).

  2. Documento firmado por el representante legal del Intermediario de Reaseguro en papel membretado, en el que solicita se otorgue la autorización correspondiente al prospecto de apoderado.

  3. Una fotografía tamaño infantil reciente.

  4. Identificación oficial vigente con fotografía (credencial IFE, pasaporte, cédula profesional).

  5. Copia certificada del acta de nacimiento o, en su defecto, cartilla del Servicio Militar Nacional liberada o del pasaporte vigente.

  6. Título profesional o cédula profesional o, en su defecto, certificado de estudios con nivel mínimo de licenciatura, y en caso de no contar con el documento original, copia certificada ante fedatario público.

  7. Cédula de Identificación Fiscal o, en su defecto, del alta ante el Servicio de Administración Tributaria, del Formato de Aviso de Modificación de Salarios del Trabajador emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o del comprobante de aportación al Sistema de Ahorro para el Retiro.

  8. Clave Unica de Registro de Población (CURP).

  9. Comprobante de domicilio a nombre del prospecto o Apoderado de Intermediario de Reaseguro, con una antigüedad máxima de tres meses, que podrá ser boleta de pago de impuesto predial, recibo de pago de renta, agua, teléfono, luz, gas o estados de cuenta emitidos por...

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