Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia interlocutoria dictada por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro de la tramitación del recurso de reclamación interpuesto por la empresa Intermet, S.A. de C.V., en contra de la sentencia interlocutoria emitida por la Segunda Sala Regional Metropolitana

Fecha de disposición18 Marzo 2010
Fecha de publicación18 Marzo 2010
MateriaDerecho Constitucional
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-SUR D.F.-NC-DS-0431/2004.- Oficio 00641/30.15/1170/2010. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE FECHA 14 DE ENERO DE 2010, DICTADA POR LA SEGUNDA SECCION DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DENTRO DE LA TRAMITACION DEL RECURSO DE RECLAMACION INTERPUESTO POR EL C. ERICK DANIEL NIEVES RAMIREZ, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA INTERMET, S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE FECHA 3 DE ABRIL DE 2009, EMITIDA POR LA SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Mediante sentencia interlocutoria de fecha 14 de enero de 2010, notificada a esta autoridad el 2 de marzo de 2010, la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro de la tramitación del recurso de reclamación interpuesto por el C. Erick Daniel Nieves Ramírez, Representante Legal de la empresa Intermet, S.A. de C.V., determinó:

...Ahora bien, la autoridad demandada ubicó a la actora en uno de los supuestos del referido artículo, y le impuso inhabilitación temporal por el término de un año nueve meses para participar en procedimientos de contratación o celebración de contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por los motivos y fundamentos que se indican en la resolución impugnada.

Sin embargo, se determinará si la autoridad demandada se ajustó o no a derecho al haber impuesto a la actora la sanción de que se trata, hasta que se dicte sentencia definitiva en el juicio, y por lo tanto la legalidad o ilegalidad de la resolución impugnada no puede ser elemento a considerar para negar o conceder la suspensión de la ejecución del acto combatido, ni se contravienen, como la autoridad lo pretende, el artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el otorgamiento de dicha suspensión...

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