Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia interlocutoria de fecha 5 de abril de 2010, dictada dentro del juicio de nulidad número 1734/09-07-02-5, emitida por la Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Fecha de disposición02 Junio 2010
Fecha de publicación02 Junio 2010
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-JAL-NC-DS-0306/2005.- Oficio 00641/30.15/2140/2010. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE FECHA 5 DE ABRIL DE 2010, DICTADA DENTRO DEL JUICIO DE NULIDAD NUMERO 1734/09-07-02-5, EMITIDA POR LA SEGUNDA SALA REGIONAL DE OCCIDENTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fecha 5 de abril de 2010, la Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro del juicio de nulidad número 1734/09-07-02-5, promovido por la empresa Grupo Mexlab, S. de R.L. de C.V., dictó sentencia, en la que declaró parcialmente fundadas las medidas cautelares solicitadas por la empresa actora, o sea podrá participar en los procedimientos de licitación y celebración de contratos con la administración pública federal, respecto de aquellos productos o servicios que no tengan relación con el suministro del producto denominado URIDIAG (Agente Diagnóstico), que dieron motivo a la resolución impugnada, contenida en el oficio No. 00641/30.15/0647/2009, de 11 de febrero de 2009, emitida por el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, en la cual se le impuso a la citada empresa multa en cantidad de $645,840.00 e inhabilitación para poder participar por sí misma, o a través de interpósita persona, presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por el plazo de dos años, tres meses y, dentro del expediente No. PISI-A-JAL-NC-DS-0306/2005, sentencia en la que esencialmente señaló lo siguiente:

"Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26 y 27 de la Ley Federal de Procedimiento...

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