Lineamientos generales para integrar y autorizar los gabinetes de apoyo en las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados

Fecha de disposición31 Marzo 2005
Fecha de publicación31 Marzo 2005
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS generales para integrar y autorizar los gabinetes de apoyo en las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 fracciones VI bis y XVIII bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7 y 8 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 6 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, y 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS GENERALES PARA INTEGRAR Y AUTORIZAR LOS GABINETES DE APOYO EN LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Y SUS ORGANOS DESCONCENTRADOS

  1. Objetivo. Los presentes Lineamientos tienen como propósito establecer los criterios que se deberán observar en la integración de los Gabinetes de Apoyo a que se refiere el artículo 7 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en la determinación de los puestos que integran dichos Gabinetes y el procedimiento conforme al cual la Secretaría de la Función Pública autorizará y registrará las estructuras de los mismos.

  2. Definiciones. Para efecto de estos Lineamientos, en adición a las definiciones previstas en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, se entenderá por:

    2.1. Coordinación de Asesores: Area adscrita al Secretario, Subsecretario, Oficial Mayor, Jefe o Titular de Unidad, Titular del Organo Desconcentrado o sus equivalentes, cuyos integrantes realizan funciones de orientación, asesoría técnica y, en su caso, de apoyo logístico en actividades definidas o determinadas;

    2.2. Coordinación de Comunicación Social: Area encargada de la difusión de las actividades de la dependencia o del órgano desconcentrado, así como de conducir la relación con los medios de comunicación;

    2.3. Costeo Total: Monto en moneda nacional que deriva de la suma anualizada del sueldo base y compensación garantizada, de todos los puestos que integran los Gabinetes de Apoyo de una dependencia o, en su caso, de un órgano desconcentrado;

    2.4. Gabinete de Apoyo: Unidad administrativa adscrita a los Secretarios, Subsecretarios, Oficiales Mayores, Jefes o Titulares de Unidad, Titulares de Organos Desconcentrados y sus equivalentes, que se conforma por los servidores públicos nombrados por su superior jerárquico inmediato para desempeñar un puesto que de manera exclusiva corresponda a una de las siguientes áreas: secretaría particular, secretaría técnica o equivalente, coordinación de asesores, coordinación de comunicación social y de servicios de apoyo;

    2.5. Secretaría: Secretaría de la Función Pública;

    2.6. Secretaría Particular: Area que se encarga de organizar y coordinar la atención a los particulares y a los servidores públicos, las agendas y compromisos oficiales, así como de transmitir y dar seguimiento a las instrucciones y órdenes de los Secretarios, Subsecretarios, Oficiales Mayores, Jefes o Titulares de Unidad, Titulares de Organos Desconcentrados y sus equivalentes, a la que esté adscrita;

    2.7. Secretaría Técnica o equivalente: Area adscrita a la Secretaría Particular o a los Secretarios, Subsecretarios, Oficiales Mayores, Jefes o Titulares de Unidad, Titulares de Organos Desconcentrados y sus equivalentes, encargada de la recepción y despacho de correspondencia y del control de gestión;

    2.8. Servicios de Apoyo: Area conformada en exclusiva por el personal y sus mandos, que realiza las actividades administrativas, secretariales, de mensajería, servicios de comedor, de chofer y otros servicios de naturaleza análoga que, en su caso, se requieran de forma exclusiva para auxiliar a los Secretarios, Subsecretarios, Oficiales Mayores, Jefes o Titulares de Unidad, Titulares de Organos Desconcentrados y sus equivalentes en el desempeño de sus funciones, y

    2.9. Unidad: Unidad de Servicio Profesional y Recursos Humanos en la Administración Pública Federal, adscrita a la Secretaría de la Función Pública.

  3. Dimensión y diseño de la estructura. La dimensión de la estructura de los Gabinetes de Apoyo de las dependencias y órganos desconcentrados, se determinó considerando diversos aspectos, tales como: sus atribuciones; presencia territorial en el país; número total de las plazas con que cuentan; en el caso de las dependencias, el número de órganos desconcentrados que coordinan, así como el presupuesto que tienen asignado, y con base en ello se clasificaron conforme a las tablas 1 y 2 del Anexo Unico de este ordenamiento.

    3.1. Los Secretarios, Subsecretarios, Oficiales Mayores, Jefes o Titulares de Unidad, Titulares de Organos Desconcentrados y sus equivalentes, podrán integrar sus respectivos Gabinetes de Apoyo con el...

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