Acuerdo por el que los integrantes del Comité Técnico del Programa de Empleo Temporal (PET) establecen las Reglas Generales de Operación del Programa de Empleo Temporal previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999

Fecha de disposición30 Marzo 1999
Fecha de publicación30 Marzo 1999
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que los integrantes del Comité Técnico del Programa de Empleo Temporal (PET) establecen las Reglas Generales de Operación del Programa de Empleo Temporal previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría de Desarrollo Social.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

LUIS MALDONADO VENEGAS, Subsecretario de Desarrollo Regional de la Secretaría de Desarrollo Social; MANUEL RODRIGUEZ MORALES, Subsecretario de Infraestructura de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; JOSE ANTONIO MENDOZA ZAZUETA, Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; JUAN CARLOS BELAUSTEGUIGOITIA RIUS, Subsecretario de Planeación de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; SANTIAGO LEVY ALGAZI, Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, 32, 32 bis, 35 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 15, 67 fracción 1, 68 y 73 y tomo II del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, en lo aplicable a cada dependencia, como integrantes del Comité Técnico del Programa de Empleo Temporal y

CONSIDERANDO

Que el tomo II del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, considera como proyectos productivos aquellos que propicien el arraigo de la población en sus lugares de origen, el desarrollo de sus capacidades y el aprovechamiento de las vocaciones regionales, generando alternativas de ocupación temporal y permanente que compensan los costos de producción e inversión, a través de diversos programas entre los que se encuentra el de Empleo Temporal que permitirá, mediante la realización de obras con uso intensivo de mano de obra, rehabilitar y mejorar la infraestructura social y productiva básica de las zonas marginadas del medio rural y, a la vez, propiciar la creación de puestos de ocupación temporal que permitan obtener ingresos a la población en pobreza extrema que habita en las regiones prioritarias y de atención inmediata; así como otras regiones prioritarias que defina el Ejecutivo Federal y las que se convengan con los ejecutivos estatales.

Que en el marco de coordinación intersectorial previsto en el citado tomo II del Presupuesto de Egresos de la Federación, el Programa de Empleo Temporal integra y aplica recursos provenientes del Ramo General 26 Desarrollo Social y Productivo en Regiones de Pobreza, así como de los Ramos Administrativos 09 Comunicaciones y Transportes; 08 Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y 16 Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

Que en este contexto, dicho documento determina que la operación del Programa de Empleo Temporal se regirá por Reglas Generales de Operación, y que por su naturaleza de subsidios, los apoyos otorgados se sujetarán a criterios de objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, las cuales serán emitidas por el Comité Técnico del Programa de Empleo Temporal, integrado por las secretarías de Desarrollo Social; de Comunicaciones y Transportes; de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, así como de Hacienda y Crédito Público.

Que en cumplimiento a los Lineamientos Generales de las Estrategias Programáticas contenidas en el tomo II del Presupuesto de Egresos, se constituyó e instaló formalmente el Comité Técnico del PET el día veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y nueve, con los representantes de las dependencias arriba citadas. Asimismo, dicho Comité acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación las Reglas Generales de Operación del PET a más tardar en el transcurso del mes de marzo.

Que para dar cumplimiento a lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE LOS INTEGRANTES DEL COMITE TECNICO DEL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL ESTABLECEN LAS REGLAS GENERALES DE OPERACION DEL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL PREVISTO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1999

  1. Antecedentes

    El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 establece que la política de desarrollo social del Ejecutivo Federal tiene como objetivo propiciar la igualdad de oportunidades, elevar los niveles de bienestar y calidad de vida de los mexicanos y de manera prioritaria, disminuir la pobreza y la exclusión social.

    Asimismo, establece la necesidad de asegurar el uso amplio y eficiente de los recursos humanos y materiales de que dispone el país. El empleo rural, sin embargo, acusa bajos niveles de productividad y, en ciertas épocas del año y regiones del país, es insuficiente para absorber las necesidades de la población asentada en ese medio.

    Por lo anterior, el Gobierno Federal ha instrumentado el Programa de Empleo Temporal, PET, que con un enfoque productivo, simultáneamente se orienta a combatir la pobreza y a estimular la demanda por trabajo en ciertas épocas del año, en el ámbito geográfico de las localidades de alta y muy alta marginación al interior de los municipios rurales de atención prioritaria, así como a generar oportunidades de ingreso permanentes en el futuro, a través de la creación y rehabilitación de infraestructura productiva.

    La operación de este Programa se maneja en forma coordinada a través de las secretarías de Desarrollo Social, SEDESOL; Comunicaciones y Transportes, SCT; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, SEMARNAP, y Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, SAGAR.

    El PET estará sujeto a procesos periódicos de seguimiento y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su ejecución y garantizar que los mecanismos de funcionamiento y administración faciliten tanto la obtención de información, como la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación.

    Los recursos federales que se asignan al Programa de Empleo Temporal son considerados como un subsidio federal, por lo que su ejercicio y control debe cumplir con lo estipulado en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999. El artículo 15 de dicho Decreto establece la obligación de publicar dentro del primer bimestre del ejercicio las Reglas Generales de Operación de los Programas del Ramo 26, donde se encuentran presupuestados los recursos de este Programa para el caso de la Secretaría de Desarrollo Social. Por ello, es responsabilidad de dicha dependencia emitir las Reglas Generales de Operación del Programa de Empleo Temporal junto con las secretarías antes citadas, con base en los Lineamientos Generales contenidos en el tomo II del Presupuesto y conforme a los que establecen los artículos 68 y 73 del Decreto, en materia de subsidios. La publicación de las presentes Reglas da cumplimiento a estas disposiciones y promueve una asignación más eficaz y transparente de los recursos federales destinados a la política social.

    Por su naturaleza de subsidios, los apoyos otorgados por el Programa de Empleo Temporal deben estar sujetos a criterios de selectividad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, identificándose claramente a la población beneficiaria, tanto por grupo específico como por región del país, asegurando la complementariedad de acciones con otras áreas para evitar duplicaciones en el ejercicio de los recursos y reducir los gastos administrativos del Programa.

  2. Objetivos

    El Programa de Empleo Temporal, PET, representa un instrumento básico de la estrategia global del Gobierno Federal de combate a la pobreza extrema. El Programa busca la ampliación de las oportunidades de ingresos de la población más pobre, complementándose a su vez, con acciones dirigidas al desarrollo del capital humano de esta población, así como al desarrollo de la infraestructura social básica.

    El PET mejora las alternativas de inserción en el mercado laboral de las familias rurales en condiciones de pobreza extrema, mediante acciones intensivas en mano de obra no calificada encaminadas a la creación, rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura productiva y social básica que generan beneficios inmediatos y de largo plazo. Estas acciones deberán elevar y diversificar el ingreso permanente, así como aumentar el valor, la capitalización y la rentabilidad de los activos que poseen los habitantes de estas regiones, generando, al mismo tiempo, ingresos en los periodos de menor demanda de mano de obra.

    Los objetivos específicos del programa son:

    complementar de manera transitoria las fuentes de empleo en las zonas marginadas del medio rural, cuando la actividad productiva preponderante haya concluido o disminuido significativamente;

    amortiguar las fluctuaciones en el ingreso de las familias en condiciones de pobreza extrema, para evitar efectos negativos permanentes y generar mayor certidumbre en su flujo de consumo;

    generar oportunidades de empleo para la mano de obra no calificada, a través de un apoyo económico por su participación en la construcción, rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura productiva y social; y,

    apoyar la ejecución de proyectos que promuevan la creación de empleos de mayor permanencia.

  3. Políticas de actuación

    Las políticas bajo las cuales se regirá el PET son las siguientes:

    impulsar acciones de infraestructura productiva y social, así como de rehabilitación y mejoramiento de los recursos naturales, intensivas en el uso de mano de obra no calificada existente en la localidad;

    operar en las épocas de baja demanda de mano de obra no calificada en zonas marginadas del medio rural;

    actuar en un marco de coordinación interinstitucional con el fin de que las obras y acciones realizadas por cada una de las secretarías que operan el Programa sean...

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