Acuerdo por el que se integra la diputada suplente Perla Patricia Flores Suárez, a la LVI Legislatura del Estado de Querétaro.

Pág. 7156 PERIÓDICO OFICIAL 8 de junio de 2012
PODER LEGISLATIVO
LA QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 16 Y 17 FRACCIÓN XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, 124
FRACCIÓN III, 126 FRACCIÓN XV Y 131 FRACCIÓN V DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL
ESTADO DE QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que en sesión del Pleno de fecha 29 de marzo del año en curso, el Dip utado Ricardo Astudillo Suárez, presentó por
escrito, solicitud de licencia para separarse de su cargo del 30 de marzo al 02 de julio de 2012.
2. Que dicha solicitud, se sometió a discusión y votación del Pleno de la Legislatura, acordándose por unanimi dad de
los presentes, concediéndose la misma en los términos solicitados, de conformidad con lo establecido en el artículo
23 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro.
3. Que en sesión del Pleno de fecha 26 de abril del año en curso, la Diputada Suplente C. Perla Patricia Flores Suárez,
rindió ante la Mesa Directiva de esta Legislatura, la protesta de ley correspondiente.
4. Que la Diputada Suplente C. Perla Patricia Flores Suárez, queda integrada a los cargos y órganos en que venía
desempeñándose el Diputado Propietario, en términos de lo establecido en el último párrafo del artículo 114 de la Le y
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro.
Por lo anteriormente expuesto, esta Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado, expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE INTEGRA LA DIPUTADA SUPLENTE PERLA PATRICIA FLORES SUÁREZ, A LA LVI
LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Artículo Único. Se integra la Diputada Suplente C. Perla Patricia Flores Suárez, a la LVI Legislatura del Estado de
Querétaro, del 26 de abril al 02 de julio del año en curso, y por consiguiente queda integrada a los c argos y órganos en que
venía desempeñándose el Diputado Propietario, en términos de lo establecido en el último párr afo del artículo 114 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Pleno de la LVI Leg islatura
del Estado de Querétaro.
Artículo Segundo. Remítase para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de
Arteaga”.
LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GOBERNADOR DEL ESTADO Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES “CONSTITUYENTES DE 1916-1917”, RECINTO OFICIAL DEL PODER
LEGISLATIVO, AL DÍA VEINTISÉIS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOCE.
A T E N T A M E N T E
LVI LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MESA DIRECTIVA
DIP. HIRAM RUBIO GARCÍA
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. ANTONIO CABRERA PÉREZ
SEGUNDO SECRETARIO
Rúbrica

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