Oficio mediante el cual se deja insubsistente el diverso 101.-552 de fecha 14 de agosto de 2008, por el que se declara la revocación de la autorización otorgada a Casa de Cambio Puebla, S.A. de C.V., para realizar en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas

Fecha de disposición14 Agosto 2008
Fecha de publicación03 Abril 2012
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.-106. Oficio mediante el cual se deja insubsistente el diverso 101.-552 de fecha 14 de agosto de 2008, por el que se declara la revocación de la autorización otorgada a Casa de Cambio Puebla, S.A. de C.V., para realizar en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas.

Esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones VIII y XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1o., 81 y 87 fracción III de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6o., fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en estricto cumplimiento a la ejecutoria dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito dictada en el Amparo en Revisión 240/2010 y atento a los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Por oficio número 366-I-A-USVP-308 de fecha 7 de noviembre de 2007, notificado el día 8 de noviembre de 2007, esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fundamento en el artículo 87 fracción III de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, emplazó a Casa de Cambio Puebla, S.A. de C.V., al inicio del procedimiento de revocación de la autorización que se le había otorgado para operar como casa de cambio.

  2. Con oficio 101.-552 de fecha 14 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2008, esta Secretaría declaró la revocación de la autorización otorgada mediante oficio 102-E-366-DGSV-II-B-c-5545 de fecha 18 de diciembre de 1985.

  3. Inconforme con la anterior resolución, el 12 de septiembre de 2008, Casa de Cambio Puebla, S.A. de C.V., demandó el amparo y protección de la Justicia Federal, cuyo juicio de amparo indirecto quedó radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla con el número 1185/2008.

  4. Por sentencia de 06 de abril de 2009, se negó a la quejosa la suspensión definitiva respecto de la emisión del oficio de revocación 101.-552, y se concedió respecto de los actos consistentes en la orden de disolución y liquidación de la sociedad, así como de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad del Estado que le corresponde al Registrador Público de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR