Instructivo para la Presentación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea III

EmisorInstituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

INSTRUCTIVO para la Presentación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea III.

Al margen un logotipo que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACION Y APROBACION DE PAQUETES DE VIVIENDA EN LINEA III

  1. DE LOS ALCANCES.

    1. - El presente Instructivo establece los requisitos para que los trabajadores derechohabientes puedan beneficiarse con los terrenos que les gestionen las organizaciones obreras y empresariales, en los cuales decidan edificar sus viviendas, ejerciendo simultáneamente en grupo los créditos que individualmente les otorgue el Instituto. En consecuencia, las viviendas que se adquieran con los créditos que el INFONAVIT otorgue no deberán haberse iniciado.

    2. - El Instituto otorgará hasta la cantidad que resulte menor del 90% del monto máximo del crédito que alcancen los trabajadores derechohabientes asociados al paquete de vivienda a edificarse en el terreno, con servicios a pie de predio o lotes urbanizados, que les gestione su organización; o el 90% del valor total de la vivienda, siempre y cuando éstos hayan cumplido con los requisitos de calificación (señalados en el numeral 9), y que dicho paquete haya sido aprobado por el Comité Tripartito de Crédito de Paquetes de Vivienda en Línea III.

      En la gestión de los terrenos a ser proporcionados a los trabajadores derechohabientes, las organizaciones podrán en su caso considerar predios de la Reserva Territorial del INFONAVIT.

    3. - El monto del crédito individual se aplicará a las licencias, proyecto, infraestructura y urbanización interna inherentes a la vivienda del trabajador; así como a la edificación de ésta en el lote que le corresponda del terreno gestionado por las organizaciones y los paquetes podrán ser desde 40 hasta 150 viviendas.

    4. - Dentro del marco del Programa Anual de Financiamiento que apruebe la Asamblea General del INFONAVIT, el Plan Quinquenal 1996-2000, y de la oferta-demanda existente, se determinará el número de créditos y localidades a ejercer a través de esta modalidad; y con base en lo anterior, invitará a las organizaciones obreras y empresariales a presentar a su consideración los paquetes que propongan para el ejercicio de los créditos en esta línea.

    5. - Para todos los efectos inherentes al Paquete de Vivienda en Línea III podrán ser representantes de los trabajadores:

      1. Las organizaciones empresariales o sindicales; estas últimas deberán estar debidamente acreditadas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En el caso de organismos sindicales cuyo registro ante esa Secretaría se encuentre en trámite, deberán ser avalados por la Central, Confederación, Federación o Sindicato Nacional al que pertenezcan.

      2. Cualquier otra persona física debidamente acreditada mediante un poder otorgado ante dos testigos, debiendo invariablemente ser nombrado por la Organización Sindical o Empresarial promotora del Paquete de Vivienda y no ser accionista, directivo, empleado, ni prestar servicios personales de cualquier tipo en la empresa constructora que llevará a cabo el Paquete de Vivienda.

  2. DE LA PROPUESTA DE LOS TERRENOS.

    1. - A efecto de integrar sus propuestas de terrenos, las organizaciones obreras y empresariales deberán presentar en las Delegaciones Regionales notificando a la Subdirección General Técnica y a la Secretaría Técnica, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la recepción de la invitación, lo siguiente:

      1. Escritura del terreno debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad.

      2. Certificado de libertad de gravámenes y sin limitación de dominio.

      3. Afectaciones y, en su caso, constancia de no afectación agraria.

      4. Croquis de localización.

      5. Levantamiento topográfico del terreno y poligonal con medidas y colindancias.

      6. Ubicación dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la localidad.

      7. Croquis señalando el equipamiento urbano a un radio de 3 km.

      8. Tratándose de un terreno sin lotificar, deberá contar con todos los servicios a pie de predio y con las factibilidades de dotación expedidas por las autoridades competentes (agua, luz, drenaje).

      9. Autorizaciones de uso del suelo y densidad habitacional de interés social con la factibilidad de otorgamiento de la licencia de construcción por la autoridad competente.

      10. Compromiso del propietario original para fideicomitir el bien.

      En caso de que se trate de lotes urbanizados, en sustitución de los puntos e), h), e i), deberán presentar plano autorizado del fraccionamiento y la publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, el aviso de terminación del fraccionamiento y la constancia de que los servicios se encuentran en operación (agua, luz, alumbrado público y drenaje).

    2. - Las Organizaciones Obreras o Empresariales deberán presentar tres expedientes para dictaminar el predio con la documentación necesaria señalada en el inciso anterior. Un expediente se entregará en la Delegación Regional, uno de los ejemplares a la Subdirección General Técnica y otro a la Subdirección General Jurídica y de Fiscalización.

      El INFONAVIT, a través de las Delegaciones Regionales, evaluará la viabilidad del terreno propuesto, la Subdirección General Técnica emitirá un dictamen que será enviado a la Organización que lo propuso, en un plazo máximo de 15 días calendario. La Subdirección General Jurídica y de Fiscalización verificará previamente los aspectos jurídicos correspondientes. Los alcances del dictamen son los señalados en el numeral 6 de este Instructivo.

      En caso de que el resultado del dictamen determine la falta de viabilidad del terreno, la Subdirección General Técnica emitirá un comunicado a la Organización, la cual tendrá un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de que reciba la notificación para regularizar la situación del predio o, en su caso, presentar una nueva propuesta de terreno.

      Cuando las Organizaciones presenten solicitud de sustitución de terreno, con respecto a la propuesta considerada en la invitación, se reiniciará el proceso de dictaminación de la viabilidad del terreno, indicando el predio que se está sustituyendo.

  3. DE LA CALIFICACION DE LOS TRABAJADORES PARA OBTENER UN CREDITO.

    1. - Las organizaciones obreras o empresariales podrán solicitar a la Delegación Regional correspondiente la precalificación de los trabajadores interesados en formar parte del...

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