Ley del Instituto de Seguridad y Servicios SocialES de los Trabajadores del Estado. VII-TASR-2NCII-9

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA SALA REGIONAL
DEL NORTE-CENTRO II
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
VII-TASR-2NCII-9
PENSIÓN POR ORFANDAD. APLICACIÓN RETROACTIVA DE
LOS ARTÍCULOS 129, 130, 131, FRACCIÓN I, Y 132 DE LA LEY
DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE
LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, PUBLICADA EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE MARZO DE 2007.- Con-
forme al artículo 73 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, para
poder obtener el benefi cio del pago de una pensión por orfandad, resultaba
requisito indispensable que a la muerte del padre trabajador hubiese coti-
zado para el Instituto por un período mínimo de quince años, o bien haber
cotizado por un período mínimo de diez años y tener sesenta años de edad
al momento en que falleciera. Sin embargo, de los artículos 129, 130, 131
fracción I, y 132 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de
los Trabajadores del Estado, publicada en el Diario Ofi cial de la Federación
el 31 de marzo de 2007 y vigente a partir del día siguiente de esa publica-
ción, se desprende el derecho de los hijos menores de edad huérfanos para
recibir pensión, cualquiera que sea la edad del padre trabajador fallecido
y siempre que hubiera cotizado al Instituto tres años o más. Por tanto, en
razón de que lo dispuesto en los aludidos numerales evidentemente es de
mayor benefi cio, y toda vez que es criterio reiterado del Poder Judicial de
la Federación, que para que la aplicación retroactiva de una ley implique
contravención a la garantía individual relativa, es menester que los efectos
de la retroactividad originen un perjuicio personal, se determina que son
aplicables los numerales de mérito, y no el artículo 73 de la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, vigente
hasta el 31 de marzo de 2007.

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