Extracto del Título de Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, otorgado en favor de Teléfonos de México, S.A. de C.V. (en las regiones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9
Emisor | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
EXTRACTO del Título de Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, otorgado en favor de Teléfonos de México, S.A. de C.V. (en las regiones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR UNA RED PUBLICA DE TELECOMUNICACIONES, QUE OTORGO EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EN FAVOR DE TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V.
De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 26 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se da cumplimiento a la publicación del Extracto de la Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones.
EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION
Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, que otorga el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo la Secretaría, en favor de Teléfonos de México, S.A. de C.V., en lo sucesivo el Concesionario, al tenor de los siguientes antecedentes y condiciones:
CONDICIONES
1.2. Objeto de la concesión. El presente Título otorga una concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones para la prestación de los servicios que se describen en el o los anexos de la Concesión, en los términos y condiciones ahí indicados.
1.3. Servicios. El Concesionario se obliga a instalar, operar y explotar la Red y a prestar los servicios a que se refiere el o los anexos del presente Título, en los términos y condiciones ahí indicados. De igual forma, el Concesionario se obliga a someter a la aprobación de la Comisión previo a su aplicación, los contratos a ser celebrados con los usuarios con relación a la prestación de los servicios a que se refiere el o los anexos de la Concesión, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.
1.5. Vigencia. La vigencia de esta Concesión será de 20 (veinte) años, contados a partir de la fecha en que el Concesionario inicie operaciones comerciales o de explotación de la Red, de conformidad con lo establecido en el numeral A.3. del Anexo A, y podrá ser prorrogada de acuerdo con lo señalado por el artículo 27 de la Ley.
Disposiciones aplicables a los servicios
2.1. Calidad de los servicios. El Concesionario se obliga a prestar los servicios comprendidos en esta Concesión en forma continua y eficiente, garantizando en todo momento la interoperabilidad e interconexión, de conformidad con la legislación aplicable y las características técnicas establecidas en el o los anexos de esta Concesión y...
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