Acuerdo por el que se cancela el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-059-FITO-1995, Por la que se establecen las especificaciones para la inspección y certificación fitosanitarias para exportación de productos y subproductos agrícolas

Fecha de disposición08 Febrero 1999
Fecha de publicación08 Febrero 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se cancela el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-059-FITO-1995, Por la que se establecen las especificaciones para la inspección y certificación fitosanitarias para exportación de productos y subproductos agrícolas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

ACUERDO POR EL QUE SE CANCELA EL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-059-FITO-1995, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS ESPECIFICACIONES PARA LA INSPECCION Y CERTIFICACION FITOSANITARIAS PARA EXPORTACION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS AGRICOLAS.

LUIS ALBERTO AGUIRRE URIBE, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria y Director General de Sanidad Vegetal de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 6o., 7o. fracción XIV y 20 fracción IV de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 38 fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o. fracción IV, 5o. fracciones I y VII del Reglamento Interno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, y

CONSIDERANDO

Que el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-059-FITO-1995, Por la que se establecen las especificaciones para la inspección y certificación fitosanitarias para exportación de productos y subproductos agrícolas, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 1996, a efecto de que los interesados presentaran sus comentarios dentro del plazo de 90 días, de acuerdo al procedimiento señalado por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Que no es necesario establecer normatividad para regular la inspección y certificación de productos para exportación, dado que existen lineamientos establecidos por organismos internacionales, como la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Asimismo, cuando se requiere la certificación fitosanitaria de un producto para su exportación, se procede a verificar con las...

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