Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-019-RECNAT-1999, Que establece los lineamientos técnicos para el combate y control de los insectos descortezadores de las coníferas

Fecha de disposición27 Octubre 1999
Fecha de publicación27 Octubre 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-019-RECNAT-1999, Que establece los lineamientos técnicos para el combate y control de los insectos descortezadores de las coníferas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

VICTOR MANUEL VILLALOBOS ARAMBULA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Protección de los Recursos Forestales y de Suelos y Costas, con fundamento en los artículos 5o. fracción III y 30 de la Ley Forestal; 45, 46 fracción II y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, he tenido a bien expedir el siguiente: Proyecto de Norma Oficial Mexicana, PROY-NOM-019-RECNAT-1999, Que establece los lineamientos técnicos para el combate y control de los insectos descortezadores de las coniferas.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos Forestales y de Suelos y Costas, en sesión celebrada el 2 de julio de 1999 y se publica para consulta pública, de conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que los interesados dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en avenida Periférico Sur número 4209, 1er. piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, Distrito Federal.

Durante el plazo mencionado, los estudios que sirvieron de base para la elaboración del citado Proyecto de Norma, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes señalado.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Definiciones

  4. Lineamientos técnicos para el combate y control de los insectos descortezadores de las coníferas

  5. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales

  6. Bibliografía

  7. Observancia de esta Norma

  8. Introducción

    0.1. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley Forestal, el combate y control de plagas y enfermedades forestales se sujetará a las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría.

    0.2. Que dichas normas tienen la finalidad de proteger los recursos forestales y la biodiversidad de los ecosistemas y lograr un manejo sostenible de esos recursos.

    0.3. Que de los insectos del orden Coleoptera, la familia Scolytidae es la más importante ya que se alimentan del floema y cambium, constituyendo el grupo principal de los insectos forestales que atacan a las coníferas, en virtud de que sus larvas se alimentan del cambium y floema que están debajo de la corteza de los árboles de todas las edades ocasionando la muerte del arbolado.

    0.4. Que en México se encuentran 11 especies del género Dendroctonus, 5 del género Ips, 3 del género Phloesinus y 2 del género Scolytus, entre otras. Varias de ellas de relevancia económica, al grado de que se les reconoce como las plagas forestales más dañinas del país.

    0.5. Que durante el periodo de 1995 a 1997, la superficie promedio afectada por insectos descortezadores fue de 4,324 hectáreas.

  9. Objetivo y campo de aplicación

    La presente Norma establece los lineamientos técnicos que se deberán cumplir para diagnosticar, combatir y controlar los insectos descortezadores de las coníferas y es de observancia obligatoria para los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o poseedores de terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal, así como a los titulares de autorizaciones de aprovechamiento de recursos forestales, quienes realicen actividades de forestación y reforestación y los responsables de la administración de áreas naturales protegidas, a partir del momento en que sean notificados por la Secretaría.

  10. Definiciones

    2.1. Areas naturales protegidas: zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación ejerce soberanía y jurisdicción en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas.

    2.2. Brotes activos por insectos descortezadores: grupo no menor de 5 árboles, con poblaciones de insectos descortezadores bien establecidas, cuya presencia puede detectarse por observar a los insectos vivos en cualquier estado de desarrollo (huevo, larva, pupa, adulto) debajo de la corteza, y por evidencias externas del hospedante (follaje de color verde alimonado, amarillo o rojizo; grumos de resina, orificios en la corteza, aserrín o muerte de la parte superior de la copa o ramas). Incluye áreas mayores de 1 hectárea en bosque natural y cualquier superficie con reforestación natural o inducida donde se distribuyan árboles afectados por insectos descortezadores en un porcentaje mayor de 20% del total del arbolado.

    2.3. Cambium: capa de células en activo proceso de división, que se encuentra entre el xilema (leño o madera) secundario y el floema (líber) secundario, tejidos a los cuales da origen.

    2.4. Ciclo de vida: etapas por las que pasa un organismo desde que nace hasta que da lugar a otro individuo, cada etapa del ciclo de vida se expresa en tiempo (hora, días, meses, años), en el caso específico de insectos descortezadores éste contempla 4 estados de desarrollo (huevo, larva, pupa y adulto).

    2.5. Corteza: es la envoltura exterior de una especie forestal que cubre desde las raíces hasta las ramas. Comprende la corteza interna (floema), delgada y viva y la corteza externa (ritidoma), muerta y generalmente dura.

    2.6. Descortezador: grupo de insectos que se alimentan del floema y cambium que se encuentra debajo de la corteza del árbol y que pueden causar la muerte de éste.

    2.7. Dirección: Dirección General Forestal.

    2.8. Floema o líber: es el tejido más importante que poseen las plantas vasculares para la conducción de alimentos. Los tipos básicos de células que lo constituyen son: elementos cribosos, células parenquimatosas, fibras y esclereidas.

    2.9. Larva: estado inmaduro de un insecto, intermedio entre huevecillo y pupa.

    2.10. Medidas fitosanitarias: las establecidas en normas oficiales mexicanas para conservar y proteger a los vegetales, sus productos y subproductos de cualquier tipo de daño producido por las plagas que los afecten.

    2.11. Control integrado: combinación de métodos de combate incluyendo el biológico, silvicultural, mecánico-físico, legal y químico para reducir los niveles de las poblaciones plaga y consecuentemente los daños que causan al recurso forestal.

    2.12. Notificación: documento oficial expedido por la Dirección, las delegaciones federales de la Secretaría en los estados, o por los gobiernos estatales facultados para su emisión, en el cual se comunica a los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o poseedores de terrenos forestales o de aptitud preferentemente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR