Acuerdo por el que se dan a conocer todos los trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, así como los formatos que aplica la Secretaría de Gobernación

Fecha de disposición30 Abril 2003
Fecha de publicación30 Abril 2003
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se dan a conocer todos los trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, así como los formatos que aplica la Secretaría de Gobernación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

SANTIAGO CREEL MIRANDA, Secretario de Gobernación, con fundamento en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 69-A, 69-D y 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o. y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 1o. y 6o. párrafo segundo del Acuerdo para la desregulación y simplificación de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, y la aplicación de medidas de mejora regulatoria que beneficien a las empresas y los ciudadanos, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 prevé consolidar e impulsar el marco institucional y la mejora regulatoria que simplifique la carga administrativa de las empresas, orientados a hacer más eficiente la regulación vigente y a eliminar la discrecionalidad innecesaria de la autoridad y el exceso de trámites;

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece las bases para llevar a cabo la mejora regulatoria sistemática de los trámites que aplica la Administración Pública Federal;

Que la Secretaría de Gobernación remitió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, su programa bianual 2001-2003 en el cual calendarizó la inscripción de todos sus trámites en el Registro Federal de Trámites y Servicios, así como los formatos que le corresponde aplicar;

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone que la dependencia u organismo descentralizado correspondiente no podrá exigir trámites y formatos adicionales ni aplicarlos en forma distinta a como se establecen en el Registro Federal de Trámites y Servicios, salvo por las excepciones previstas por la propia ley;

Que los trámites que se den a conocer no podrán ser aplicados en forma distinta de conformidad con la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

Que las homoclaves asignadas por la Comisión a cada trámite y formato del Anexo Unico del presente Acuerdo, son los que se refieren a la información que debe proporcionar la Secretaría de Gobernación y que quedó inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, se ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER TODOS LOS TRAMITES Y SERVICIOS INSCRITOS EN EL REGISTRO FEDERAL DE TRAMITES Y SERVICIOS DE LA COMISION FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA, ASI COMO LOS FORMATOS QUE APLICA LA SECRETARIA DE GOBERNACION

Artículo Primero

Se señala en el Anexo Unico de este ordenamiento las homoclaves y los nombres de los trámites, servicios y formatos inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios en términos del artículo 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Las unidades administrativas correspondientes de la Secretaría de Gobernación no exigirán trámites adicionales ni formatos a los señalados en el Registro Federal de Trámites y Servicios ni los aplicarán en forma distinta a como se establecen en el mismo, salvo los que se refiere el artículo 69-Q de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo Segundo

Las modificaciones a la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, se llevarán a cabo dentro de los diez días hábiles siguientes a que entre en vigor la disposición que fundamente dicha modificación y a través del sistema en línea de inscripción de trámites y servicios, de conformidad con el artículo 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Transitorios

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Acuerdo se atenderán hasta su conclusión...

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