Initiativa 63059. Iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Villagrán, para el Ejercicio Fiscal del 2016.

Número de Iniciativa63059
Fecha de registro19 Noviembre 2015
EmisorComisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y Gobernación​ y Puntos Constitucionales
EstatusConcluido
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS PARA
EL MUNICIPIO DE VILLAGRÁN, GUANAJUATO.
EJERCICIO FISCAL 2016.
I.- INTRODUCCIÓN.
La presente ley es de orden público y de interés social, y tiene por objeto
establecer los ingresos que percibirá la Hacienda Pública del Municipio de
Villagrán, Guanajuato, durante el ejercicio fiscal 2016.
II.- ESTRUCTURA NORMATIVA QUE SE PROPONE.
La iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Villagrán, Guanajuato para el
ejercicio fiscal 2016, contempla una estructura normativa acorde a los criterios
técnicos emitidos por el Honorable Congresos del Estado de Guanajuato para el
ejercicio que nos ocupa.
Se encuentra estructurado en los siguientes capítulos:
Capítulo I De la naturaleza y objeto de la Ley.
Capítulo II De los Conceptos de Ingresos.
Capítulo III De los Impuestos.
Capítulo IV De los Derechos
Capítulo V De las Contribuciones especiales.
Capítulo VI De los Productos
Capítulo VII De los Aprovechamientos.
Capítulo VIII De las Participaciones Federales.
Capítulo IX De los Ingresos Extraordinarios.
Capítulo X De las facilidades administrativas y Estímulos Fiscales.
Capítulo XI De los Medios de Defensa aplicables al Presupuesto predial.
Capítulo XII De los Ajustes.
Cada capítulo se conforma por Títulos, Secciones, Artículos (Párrafos, Apartados,
fracciones e Incisos).
III.- JUSTIFICACIÓN DEL CONTENIDO NORMATIVO.
Para dar orden y claridad a la justificación del contenido normativo, procederemos
a exponer los argumentos y razonamientos que apoyan la propuesta, en atención
a cada uno de los capítulos de la estructura de la iniciativa señalados con
anterioridad.
La base considerada para la elaboración de la presente iniciativa, fue la Ley de
Ingresos para el municipio de Villagrán, Guanajuato del ejercicio Fiscal 2015.
Atendiendo a las recomendaciones emitidas por el Honorable Congreso del
Estado de Guanajuato, se realizaron las siguientes acciones:
Se reflejo un incremento del 4% con respecto a la Ley vigente en
congruencia con el índice inflacionario estimado para el ejercicio fiscal que
nos ocupa, en todos los conceptos que contiene el documento, además del
cálculo de la indexación del 0.05% mensual para las cuotas por los
servicios de agua potable contenidas en el artículo 14, fracción I y II.
1.- Naturaleza y objeto de la Ley.
Sin Modificación relevante.
2.- De los Conceptos de Ingresos.
Sin Modificación adicional al incremento del 4%.
3.- De los Impuestos
Sin Modificación adicional al incremento del 4%.
4.- De los Derechos
Sin Modificación al incremento del 4%.
Las fracciones I y II del Articulo 14, consideran además de la inflación del 4%, la
indexación mensual del 0.4%.
5.- De las Contribuciones especiales.
Sin Modificación adicional al incremento del 4%
6.- De los Productos.
Sin Modificación adicional al incremento del 4%.
7.- De los Aprovechamientos.
Sin Modificación adicional al incremento del 4%.

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