Iniciativa de reforma del Congreso de Baja California, 24-04-2008

Fecha24 Abril 2008
SESION ORDINARIA DEL DIA 24 DE ABRIL DE 2008
EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO
El suscrito en mi carácter de diputado de esta Honorable XIX Legislatura,
comparezco ante esta tribuna par someter a esta Soberanía, Iniciativa de
Reforma y Adición al Artículo 27, Fracción XXVI de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California., el cual forma parte del Título
Tercero, Capitulo II, de las Prerrogativas de los Diputados y de las Facultades del
Congreso., sustentándome para ello en lo dispuesto por los Artículos 28, Fracción
I, 29, 112 y demás relativos de la Constitución Local; así como en lo previsto por
los Artículos 110, fracción I, 112, 115 fracción I, 116, 117, 118 y conexos de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, por lo que
continuación procedo a efectuarlo al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La primera Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California,
fue promulgada siendo Gobernador Provisional el C. Alfonso García González, la
cual fue publicada en el Periódico Oficial, el 16 de Agosto de 1953, estableciendo
en su Artículo 27, Fracción XXVI, lo siguiente:
Art. 27.- Son facultades del Congreso:
Fracción XXVI.- Fijar y Modificar la extensión del territorio que corresponda a los
municipios, por voto de las dos tercias partes de los diputados presentes,
suprimir alguno o crear otro nuevo;

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