Iniciativa Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Fecha de publicación13 Septiembre 2011
Fecha de registro13 Septiembre 2011
EstatusPUBLICADO EN D.O.F., Aprobado, 12/12/2011
EmisorCámara de Diputados
LegislaturaLXI
Sesión1° Ordinario
Autor de la iniciativaEjecutivo Federal
DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS
México, DF, a 8 de septiembre de 2011.
Diputado Emilio Chuayffet Chemor
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Por este conducto y para los efectos de lo dispuesto en el inciso H) del artículo 72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo establecido en la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal, por instrucciones del presidente de la república, me permito enviar
Iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos
Asimismo, acompaño al presente copia de los oficios números 353-A.-0838 y 312.A.1.-2140, a través de los cuales
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público remite el dictamen de impacto presupuestario de la citada iniciativa.
Por otro lado, se señala que no se sujeta a las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo por
ser de carácter fiscal y en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, no se publicó en el sitio de Internet de la Dependencia referida, toda vez que su publicación
anticipada podría comprometer los efectos que se pretenden lograr con la misma.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Rubén Alfonso Fernández Aceves (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
Diputado Emilio Chuayffet Chemor
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
En el ejercicio de la facultad constitucional concedida al Ejecutivo Federal, se somete a la consideración del H.
Congreso de la Unión, por su digno conducto, la presente Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga
diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
México es el único país de América Latina que ha implementado un proceso formal de mejora regulatoria con la
finalidad de asegurar que la regulación sea una herramienta que promueva el buen funcionamiento de los
mercados, incremente la competitividad de la economía, genere empleos, mejore la distribución del ingreso y, en
general, eleve el nivel de bienestar de la población.
En 2009, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) efectuó una evaluación a los
sistemas de administración regulatoria de sus 30 países miembros y posteriormente publicó el reporte “Indicators
of Regulatory Management Systems”, mediante el cual dio a conocer que México ocupa el quinto lugar en cuanto a
la Capacidad Institucional para la Administración de la Reforma Regulatoria, sólo detrás del Reino Unido, Países
Bajos, Alemania y Canadá.
No obstante los logros alcanzados de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y las políticas de
mejora regulatoria que rigen en el ámbito internacional, el Ejecutivo Federal, en estrecha colaboración con el Poder
Legislativo, ha efectuado una serie de acciones adicionales encaminadas a la simplificación de los procesos y la
gestión de la Administración Pública Federal con la finalidad de incentivar específicamente la creación, el
desarrollo y la consolidación de pequeñas y medianas empresas, proteger las inversiones, sistematizar el pago de
impuestos, agilizar el comercio exterior, combatir la informalidad y disminuir los costos de transacción, generando
un ambiente adecuado para el intercambio de bienes y servicios.
En ese sentido, en atención a la política de simplificación normativa fijada por la Secretaría de la Función Pública,
en 2010 se realizó un esfuerzo al interior de las dependencias del Gobierno Federal, coordinado por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, mediante el cual se propusieron a ese H. Congreso de la Unión diversas derogaciones
a la Ley Federal de Derechos, con la finalidad de incentivar y mejorar el marco jurídico administrativo e impulsar
ciertas actividades, reduciendo las cargas administrativas y tributarias en los sectores económico, turístico,
comunicaciones, marítimo, salud, empresarial, energético, agropecuario, entre otros.
Dicho ejercicio implicó la derogación de 138 cuotas de la Ley Federal de Derechos con un impacto tributario
marginal, que además de que no perjudicó la capacidad recaudatoria de dicha ley, impactó positivamente en la
operación y el ejercicio de las facultades de las dependencias de la Administración Pública Federal y generó
importantes ahorros de recursos y tiempo para los contribuyentes que solicitaron servicios públicos o para quienes
usaron o aprovecharon diversos bienes considerados de dominio público de la Federación.
Con base en lo anterior, a fin de continuar con la política de simplificación del marco jurídico fiscal, otorgar
certeza jurídica a los contribuyentes, incentivar actividades económicas, agilizar la función pública relacionada con
los bienes y servicios a cargo del Gobierno Federal garantizando la accesibilidad a los mismos y abatir las cargas
fiscales y administrativas vigentes, se proponen a esa Soberanía diversas medidas de simplificación a través de la
derogación de algunas cuotas de derechos y otras modificaciones a dichos gravámenes que son coincidentes con la
política de mejora administrativa y que facilitan el cumplimiento de la Ley Federal de Derechos por parte de los
particulares que reciben los servicios que proporciona el Estado en funciones de derecho público o que usan,
aprovechan o explotan bienes de dominio público de la Federación.
A. Simplificación y Mejora Administrativa
Esta Administración ha sido enfática en abatir las cargas administrativas y fiscales que obstaculizan a los
ciudadanos el acceso a los servicios públicos o limitan el uso, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio
público de la Federación, considerando que en algunos casos resulta de interés público la prestación de los
servicios por parte de las dependencias que conforman la Administración Pública Federal o que los particulares
usen o exploten los citados bienes de dominio público.
Además, tomando en consideración la importancia de las empresas en la economía de los países especialmente
la pequeña y la mediana para generar empleo e ingresos, es relevante incluir en los planes de recuperación
económica, reformas orientadas a disminuir la regulación de negocios, reconociendo que las empresas de las
economías de los países en desarrollo, en promedio, se encuentran aún con más del doble de carga regulatoria a la
hora de constituirse, transmitir propiedades o presentar declaraciones de impuestos, en comparación con empresas
semejantes de las economías de altos ingresos. Tales cargas regulatorias provocan que algunas empresas y puestos
de trabajo funcionen en el sector informal, por lo que de acuerdo a la política internacional en la materia, las
reformas estructurales de las economías en desarrollo deben reducir el número excesivo de procedimientos
administrativos y simplificar las formalidades burocráticas.
En virtud de lo anterior, se realizó nuevamente un esfuerzo al interior de las dependencias del Gobierno Federal,
coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de identificar aquellos derechos en los
que es posible eliminar para los particulares la carga tributaria para acceder a los servicios de carácter público que
prestan las autoridades de la Administración Pública Federal o al uso, goce o aprovechamiento de bienes
considerados de dominio público de la Federación. Cabe señalar que aunque en la mayoría de los casos en los que
se plantea derogar el derecho resulta necesario mantener vigente el trámite correspondiente, tal derogación implica
la eliminación de un trámite en sí mismo, además de que conlleva disminuir la carga tributaria del contribuyente.
Derivado de lo antes señalado, la propuesta que se presenta a ese H. Congreso de la Unión consiste en la
derogación de 140 cuotas de derechos, con lo cual se busca impactar positivamente en los contribuyentes y las
dependencias, al reducir el costo de sus actividades y la carga fiscal y administrativa que se asocia al pago de
derechos, con un sacrificio recaudatorio marginal en las finanzas públicas.
Bajo ese contexto, se someten a consideración de esa Soberanía las siguientes medidas de simplificación y mejora
administrativa en los sectores que se señalan a continuación:
a. Cinematografía
De conformidad con la Ley Federal de Cinematografía y su reglamento, ninguna película, ya sea producida en el
país o en el extranjero, puede ser distribuida, comercializada o exhibida públicamente sin previa autorización y
sin la clasificación correspondiente de la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Dirección General de
Radio, Televisión y Cinematografía (RTC).
Asimismo, es atribución de RTC expedir los certificados de origen de películas nacionales y autorizar el doblaje
al español de películas clasificadas para público infantil, los documentales educativos, entre otras.
En ese sentido, actualmente, el titular de los derechos de la película, el productor o distribuidor deben reunir
determinados requisitos y cubrir el derecho por la autorización y clasificación de su película y además otros
derechos si desean obtener el certificado de origen o la autorización de doblaje al español, según se trate.
En virtud de lo anterior, se propone la derogación de los derechos por la expedición del certificado de origen y
por la autorización del doblaje de películas al español, con la finalidad de que los contribuyentes de este sector
cubran exclusivamente el derecho por la autorización y clasificación de películas.
b. Certificación en actos de comercio
El Reglamento del Código de Comercio en materia de Prestadores de Servicios de Certificación establece que
cuando éstos requieran obtener la acreditación ante la Secretaría de Economía, deberán comprobar que cuentan
dentro de sus recursos humanos con un profesionista jurídico, quien deberá presentar el examen para ser
encargado de la identificación de los comerciantes que deseen obtener un certificado digital para ocuparlo en los
actos de comercio.
Sin embargo, en congruencia con la eliminación definitiva del trámite denominado “Solicitud de examen para
encargado de identificación de prestadores de servicios de certificación” del Registro Federal de Trámites y
Servicios, efectuada en el 2010 bajo los procesos del Programa de Regulación Base Cero, se propone la
derogación del derecho respectivo a fin de eliminar totalmente las cargas administrativas y tributarias a quienes
desempeñen dicha actividad.
c. Autotransporte Federal
A efecto de eliminar algunas cargas fiscales e incentivar el cumplimiento de las disposiciones administrativas
que deben observar las personas físicas y morales vinculadas a las actividades de autotransporte federal, se
propone la derogación de los derechos relacionados con el refrendo de la licencia para conducir y el
reconocimiento para instructores de conductores o para operar un centro de capacitación y adiestramiento de
conductores.
En este mismo rubro y con el objeto de que las cuotas de los derechos siempre guarden proporcionalidad con el
costo que representa para el Estado proporcionar los servicios, se plantea implementar cuotas de derechos
reducidas para aquellos casos en los que quienes realicen los trámites relacionados con la operación y
explotación de los servicios de autotransporte federal los soliciten a través de medios electrónicos. Dicha
medida, de aprobarse por esa Soberanía, generará un ahorro en los costos y el tiempo que los particulares y las
autoridades sectoriales dedican a la resolución de los trámites correspondientes.

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