Iniciativa con Proyecto de Decreto para Reformar y Adicionar Artículos del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Coquimaltán, COLIMA.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 04 de Marzo del año 2017; Núm. 17, pág. 663.

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COQUIMATLÁN, COL.

INICIATIVA

CON PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR Y ADICIONAR ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE COQUIMALTÁN, COLIMA.

DICTAMEN

DICTAMEN QUE PRESENTAN LAS COMISIONES DE GOBERNACION Y REGLAMENTOS EN CONJUNTO CON LA DE SEGURIDAD PUBLICA, VIALIDAD Y TRANSPORTE CON RESPECTO DE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR Y ADICIONAR ARTICULOS DEL REGLAMENTO DE TRANSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLAN,COLIMA.

H. CABILDO MUNICIPAL PRESENTE.

Las Comisiones de Reglamentos y Gobernación; de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte integrada la primera Comisión por los CCC. LIC. ORLANDO LINO CASTELLANOS, Presidente Municipal, PROFRA. MARIA NEGRETE GAITAN, Regidora Municipal y MTS LIDIA ALEJANDRA LOPEZ TRUJILLO, Regidora Municipal, el primero de los mencionados con el carácter de Presidente y los demás con el de Secretarios, así como los CC.PROFRA. MARIA NEGRETE GAITAN, Regidora Municipal, LIC. ORLANDO LINO CASTELLANOS, Presidente Municipal e ING. ROBERTO NAVARRO LOPEZ, Regidor Municipal, la primera de los mencionados con el carácter de Presidenta y los demás con el de Secretarios de la segunda Comisión, con fundamento en las Facultades que nos otorgan los artículos 42, 45 fracción I , INCISO a) de la Ley del Municipio Libre, así como los artículos 75, 76, 78, 97, 100, 106 y 108 del Reglamento del Gobierno Municipal de Coquimatlán, nos dirigimos a Ustedes a efecto de proponerles lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S

  1. Que el día lunes quince de Agosto del 2016 en Sesión Extraordinaria de Cabildo, en el punto núm. diez se aprobó por Unanimidad turnará éstas Comisiones el Expediente respecto a INCORPORACION DE NORMATIVIDAD DE "REPUVE" (Registro Público Vehicular)EN EL REGLAMENTO VIAL MUNICIPAL para el análisis correspondiente y en su caso, aprobación del mismo.

  2. Que en reunión de trabajo celebrada el día miércoles diecisiete del mes de agosto del año 2016, contando con la presencia, además, del Director Jurídico del H. Ayuntamiento, donde se revisó la documentación referente de manera conjunta, para realizar modificaciones al Reglamento de Tránsito y Validad del Municipio.

  3. EL 28 de Enero del 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación Decreto en materia de desindexación del salario mínimo de tarifas y obligaciones e incorporación de la unidad de medida y actualización.

  4. Que éstas Comisiones habiendo analizado el Proyecto de DECRETO en comento proceden a emitir el presente Dictamen en base a la siguiente:

E X P O S I C I O N D E M O T I V O S

PRIMERO.- El 1° de Septiembre de 2004, se publicó la Ley del Registro Público Vehicular, misma que entró en vigor a partir del día 2 de septiembre del mismo año. De la misma manera el 5 de Diciembre del 2007 se publicó el Reglamento de ésta Ley a fin de poderla operar a partir del 4 de Marzo del 2008. El día 3 de Marzo se publicaron también

en el Diario Oficial de la Federación los procedimientos de Operación para sujetos Obligados que establece el Reglamento.

Es por ello que en el año 2014 los 10 municipios del Estado de Colima firmaron un acuerdo para revisar la funcionalidad de los reglamentos de Tránsito y se concluyó que todo H. ayuntamiento Municipal tendría que incorporar lo correspondiente al Registro Público Vehicular a su Reglamento Municipal fundamentándose en el artículo 15 de la Ley de Registro Público Vehicular donde se suscribe que la inscripción de los vehículos en el Registro es Obligatoria.

Artículo 15 La inscripción de los vehículos en el Registro es obligatoria

La inscripción definitiva se realizará una sola vez y será obligatoria por quienes fabriquen o ensamblen vehículos en territorio nacional, destinados al mercado nacional o quienes importen vehículos destinados a permanecer definitivamente en éste.

Igualmente realizarán obligatoriamente la inscripción provisional, quienes importen temporalmente vehículos o importen vehículos en franquicia.

Es un Registro de información a nivel nacional que tiene como propósito otorgar seguridad pública y jurídica a los actos que se realicen con vehículos que circulen en territorio nacional, mediante la identificación y control vehicular; además de brindar servicios de información al público.

La operación del...

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