Iniciativa Con proyecto de decreto por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Fecha de publicación18 Diciembre 2001
Fecha de registro15 Diciembre 2001
EstatusPUBLICADO EN D.O.F., Aprobado, 01/01/2002
EmisorCámara de Diputados
Sesión2o Ordinario
Autor de la iniciativaEjecutivo Federal
LegislaturaLVIII
DEL EJECUTIVO FEDERAL, QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE
Ciudadana Beatriz Elena Paredes Rangel
Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión,
Presente.
En ejercicio de la facultad constitucional concedida al Ejecutivo Federal, se somete a la consideración del
Honorable Congreso de la Unión, por el digno conducto de usted, la presente Iniciativa de Decreto que Reforma,
Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
Para tales efectos, se expresan a continuación los motivos que sustentan esta Iniciativa.
Antecedentes
Esta Iniciativa se presenta dentro del marco de la propuesta que con anterioridad envié a esa H. Cámara de
Diputados denominada Nueva Hacienda Pública Distributiva, cuya finalidad principal es construir un México de
menos contrastes y más justo, que permitirá en el ámbito nacional e internacional una prestación de servicios más
eficiente. Este reto, se propone sea un compromiso compartido con la sociedad.
Por ello, uno de los principales compromisos de esta administración es mejorar la actitud de las personas al cumplir
con sus obligaciones fiscales. La nueva cultura del cumplimiento fiscal debe basarse por una parte en el
compromiso de asegurar que cada peso que aporten los ciudadanos por concepto de pago de contribuciones, se
vincule estrechamente con el ejercicio transparente y honesto del gasto público, bajo un estricto sistema de
rendición de cuentas, mediante el cual se declare a la sociedad los gastos e inversiones realizadas; y por la otra que
las contribuciones, más que una carga para el contribuyente, sean un compromiso que el gobierno contrae para
ofrecer servicios con la calidad que demandan los mexicanos.
Los derechos constituyen instrumentos económicos que utiliza el Estado para promover un aprovechamiento
racional y sustentable de los bienes de dominio público de la Nación, así como para salvaguardar el interés general
al fijar los montos de los derechos que los beneficiarios específicos de la población pagan al Estado por los
servicios que presta en funciones de derecho público.
Con la aspiración de sobrepasar las condiciones económicas prevalecientes de escasez de recursos y, ante la
necesidad de racionalizar la prestación de los servicios públicos y el uso, goce o aprovechamiento de los bienes de
dominio público de la Nación por los que se cobran derechos, se proponen modificaciones y adiciones en términos
de inducir criterios de equidad y proporcionalidad y de ajustar los montos de los derechos al costo total del
servicio, tomando en consideración su costo específico.
En ese sentido, se propone un esquema gradual de cobro para las aguas nacionales que se utilicen en los usos de
riego agrícola, así como eliminar la exención a los usos ganaderos, tomando como base que el agua como recurso
no renovable, es cada vez más escaso, lo cual implica la necesidad de adoptar medidas inmediatas para mantener la
sustentabilidad del recurso, ya que en algunas regiones del país el consumo rebasa ampliamente la recarga natural
de los acuíferos subterráneos, lo que aumenta nuestra dependencia hacia las lluvias, que se vuelven cada vez más
impredecibles, producto de la mutación climática que vive el planeta. Por lo tanto, es urgente impulsar una cultura
del uso racional del agua, que refleje su creciente valor de escasez, y a la vez motivar a desarrollar mecanismos de
ahorro de agua en cada uso del recurso y promover nuevas técnicas de aprovechamiento.
Se propone eliminar los subsidios por concepto de derechos de agua, de minería y de la industria de la celulosa y
del papel, ya que resulta injustificado mantener en forma indefinida un régimen que se estableció con el carácter de
transitorio, con el fin de ayudar a las industrias a superar la crisis en que se encontraban, y que actualmente ya no
existe razón para mantener el beneficio fiscal.
Por último, se proponen también reformas a las disposiciones de la Ley Federal de Derechos, con el objetivo de
garantizar el flujo de recursos suficientes para la protección y conservación de las áreas naturales, de la
biodiversidad, de la flora, de la fauna, y en general para la preservación de los ecosistemas, así como para el
mejoramiento de los servicios migratorios y la promoción del turismo.
Consideraciones
De acuerdo con lo anterior, se plantean diversas reformas y adiciones a la Ley Federal de Derechos, con el
propósito: de adecuar las disposiciones fiscales al entorno económico y otorgar certidumbre a los contribuyentes en
el pago de sus obligaciones; promover el mantenimiento y conservación de los recursos naturales que constituyen
bienes de dominio público; fomentar el uso racional y aprovechamiento sustentable de los bienes de dominio
público de la Nación; inducir el aprovechamiento sustentable al turismo cinegético, incluso a través de incentivos
parciales; establecer bases para el mejoramiento de los servicios migratorios; reducir o eliminar subsidios
injustificados en materia de derechos, recuperar los rezagos de los montos de los derechos en relación con los
costos totales de los servicios e inducir criterios de proporcionalidad en los montos de los derechos, respecto de los
costos de los servicios asociados, así como la modificación del tratamiento fiscal a las aguas para usos agrícolas y
ganaderos.
a) Medidas para adecuar las disposiciones fiscales al entorno económico y otorgar certidumbre a los
contribuyentes en el pago de sus obligaciones.
Ante la expectativa de alcanzar una mejor y eficaz prestación de los servicios y una mayor protección y
conservación de determinados bienes de dominio público, se contempla el otorgamiento de un esquema de destinos
específicos de ingresos por derechos, , a fin de que dichos recursos sean destinados al aprovechamiento y
conservación de los bienes específicos que se consideren de interés público.
Por otra parte, en virtud de los diversos cambios en la legislación aplicable a la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores, se hace necesario adecuar la Ley Federal de Derechos, con el objeto de brindar certidumbre jurídica a los
usuarios de los servicios que regula dicha Comisión.
Asimismo, considerando las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en donde se
consigna la creación de la Secretaría de Seguridad Pública, se propone crear un Capítulo para los derechos por los
servicios que presta esa Secretaría, haciéndose los ajustes correspondientes en el capítulo de la Secretaría de
Gobernación, en virtud de que algunos de los servicios que esta última prestaba, son prestados ahora por la nueva
Secretaría.
En relación con el Poder Judicial de la Federación, se propone incorporar el derecho por el registro de especialistas
de concursos mercantiles, bajo la perspectiva de que los interesados en desempeñar las funciones de visitador,
conciliador o síndico en los procedimientos de concurso mercantil, soliciten al Instituto Federal de Especialistas de
Concursos Mercantiles, su inscripción en el registro respectivo, de conformidad con las disposiciones previstas en
la Ley de Concursos Mercantiles, para lo cual deberán cubrir el monto de los derechos equivalentes a los costos del
servicio público de registro que se proporciona. Este derecho se incluye a propuesta expresa del Poder Judicial de
la Federación.
También es de destacar la propuesta de otorgarles el carácter de derechos, al pago que los particulares realicen por
los servicios que presta el órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes denominado
Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, en consideración a la naturaleza de los servicios que
presta dicho órgano en su función de derecho público, contribución que se propone establecer mediante el cobro a
través de dos regímenes optativos, uno mediante la fijación de cuotas por cada servicio prestado y de acuerdo con
el tipo de aeronave a la que se presta el servicio; y el segundo mediante el establecimiento de una cuota por litro de
combustible suministrado a cada aeronave, teniendo como propósito fundamental dar certeza jurídica a los usuarios
del espacio aéreo mexicano.
b) Medidas para promover el mantenimiento y conservación de los recursos naturales.
Dado que el sector de agricultura de riego es el mayor usuario de agua dulce en el país, -al consumir entre el 75% y
80% del total del recurso- es fundamental impulsar una política de mayor racionalización en el uso del agua en este
sector, que tiene como vertientes fundamentales, el iniciar una sustitución de cultivos, mejorar las técnicas de
conducción y de riego, así como evitar el uso del recurso sin control ni vigilancia del organismo encargado de la
administración de las aguas nacionales. Esto sólo es posible en la medida en que el usuario agrícola de riego asuma
el costo por el agua que utiliza, que incluso se cobra al precio máximo cuando su uso se lleva a cabo sin
autorización y control.
Por tal motivo, se propone establecer un cobro por el agua de riego utilizada a la agricultura comercial, lo que no
afecta a la agricultura de temporal, que es la que concentra a los sectores de mayor marginalidad del sector
agrícola, con una tarifa diferenciada.
Al respecto, un primer tramo se otorgará de manera gratuita, para garantizar el consumo de subsistencia del sector.
Un segundo tramo, orientado a la agricultura de riego comercial, refleja el costo de sustitución de cultivos
intensivos en agua por cultivos igualmente rentables pero que usan menos agua por unidad de producto.
Un tercer tramo, aplicable inicialmente sólo a regiones que tienen procesos agudos de agotamiento de acuíferos
subterráneos, se orienta a evitar consumos mayores que la recarga.
Finalmente, un último tramo de cobro, refleja el costo de llevar una unidad adicional de agua al sector agrícola.
Estos tramos se diferencian, por la proporción del agua asignada anualmente, entre zonas de disponibilidad, de tal
manera que el tramo gratuito y los tramos subsecuentes son mayores en aquellas regiones en que hay mayor
disponibilidad de acuíferos. Así mismo, con el fin de no gravar de inmediato al sector con las tarifas que se estiman
son las adecuadas para la utilización del recurso, se propone una tarifa creciente en el tiempo, a través del cual se
otorgarán proporciones gratuitas cada vez menores.
Una medida de esta naturaleza incidiría directamente en el consumo de agua por si misma, pero para reforzarla y
no afectar en exceso a los productores en el corto plazo, se propone además un retorno de los recursos captados a
los distritos y unidades de riego para ser utilizados primero en la medición del gasto del agua y luego a la inversión
en técnicas de conducción, de riego y de cultivo a través de fideicomisos que complementen otros programas de
gobierno orientados a este fin. El cobro, por si mismo, habrá de enviar señales que contribuyan al desarrollo de una
cultura del uso racional y eficiente del agua.
En lo concerniente al sector ganadero, se plantea eliminar la exención y equiparar el cobro por agua al de los
municipios, lo que representa un cobro relativamente bajo para los productores pecuarios, a la vez que refleje las
diferencias de disponibilidad de acuíferos entre las diversas regiones de nuestro país.
Considerando que uno de los principales objetivos de los derechos, es el cuidado y la conservación de los bienes de
dominio público de la Nación, se propone incorporar un derecho por concepto de uso y aprovechamiento no
extractivo de recursos naturales marinos, con el fin de obtener recursos económicos para la preservación de las
especies marinas y de su hábitat natural; para desarrollar programas, proyectos y actividades encaminados a la
restauración, conservación y recuperación de las especies mencionadas, y para la aplicación de medidas
preventivas para el mantenimiento de las condiciones que propician la evolución, viabilidad y continuidad de los
ecosistemas y las poblaciones en sus entornos naturales.
En ese sentido, considerando que es necesario cubrir los costos de mantenimiento de dichos bienes, se promueve
un cambio cualitativo en la disposición de los recursos, al establecer que los ingresos que se obtengan por concepto
de uso y aprovechamiento de estos bienes, se destinen al mantenimiento, conservación y administración de las
áreas naturales que los generan, de manera que en todo momento se restituya el valor de la riqueza natural, se

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