Iniciativa parlamentaria que reforma el primer párrafo del artículo 41 y adiciona dos fracciones al artículo 75 de la Ley General de Educación, en materia de servicios educativos., de 26 de Octubre de 2004

QUE REFORMA EL PRIMER PARRAFO DEL ARTÍCULO 41 Y ADICIONA DOS FRACCIONES AL ARTÍCULO 75 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, EN MATERIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ ANTONIO CABELLO GIL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, diputado José Antonio Cabello Gil, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 41 y se adicionan dos fracciones al artículo 75, ambos preceptos de la Ley General de Educación , al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La prescripción de fármacos en los centros escolares a niñas y niños que presentan síntomas de hiperactividad y déficit en la atención está provocando en estos últimos años una gran polémica, y que hoy en día se inserta en el debate en torno a las llamadas causas "biológicas" de la conducta.

Un punto central es el de la elaboración profesional de un diagnóstico correcto: es posible que anomalías físicas causen los síntomas de la hiperactividad y/o el déficit en la atención. En estos casos, una revisión médica minuciosa hecha por un doctor especialista en niños ha resultado muy positivo; pero también es probable que dichos síntomas sean signo del ambiente psicosocial que rodea al infante, y aquí es cuando la prescripción de fármacos ha resultado cuestionable, pues hubiese bastado la modificación de las condiciones de vida del infante para lograr una mejoría en su conducta. La polémica llega a México con el antecedente de que se ha llegado a acusar a los laboratorios farmacéuticos de crear, desarrollar y promover el diagnóstico mencionado en un esfuerzo por aumentar las ventas de sus productos.

En algunos centros escolares de México se ha probado que alumnos a los que sin ningún argumento sólido o específico se les diagnostica el llamado Síndrome por Déficit de Atención, el cual ha sido muy cuestionado por organismos sociales en los países desarrollados, y se les administra indiscriminada y absurdamente los fármacos llamados "Ritalin" e "Imipramina", entre otros. Lo cual demuestra que para cualquier psicólogo o psiquiatra sin una formación reflexiva, es más fácil prescribir una droga y categorizar un "desorden" que atacar el "problema".

En realidad, muchas veces el diagnóstico es la justificación para medicar a esos niños; es decir, se declara que el niño no debe permanecer en la escuela a menos que tome medicación, y entonces se receta el fármaco.

En Estados Unidos, por ejemplo, a partir de mediados de los años 80 del siglo pasado, se comenzó a trabajar duramente por los derechos de los padres a rehusarse a aceptar los diagnósticos psiquiátricos, y mantener así a sus hijos en la escuela, pero sin medicamentos. En 1997 un artículo editorial del "Wall Street Journal", en otros tiempos firmemente partidario de las políticas psiquiátricas educativas, dio a conocer un fraude con el título de "El Desastre de la Falta de Atención", en donde se condena las maniobras publicitarias del laboratorio creador del "Ritalin" a fin de crear una demanda de su producto entre los niños de las escuelas de Estados Unidos.

Las compañías de drogas farmacéuticas obtienen ganancias...

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