Iniciativa parlamentaria que reforma el párrafo segundo del artículo 37 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de Fondo de Desastres Naturales., de 29 de Mayo de 2019

Que reforma el párrafo segundo del artículo 37 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de Fondo de Desastres Naturales, recibida del Congreso de Nayarit en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de mayo de 2019 Tepic, Nayarit, a 17 de mayo de 2019. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva del honorable Congreso del Estado de Nayarit y para los efectos previstos en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remito por este conducto copia certificada del acuerdo que remite para su estudio a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que tiene por objeto reformar el párrafo segundo del artículo 37 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de Fondo de Desastres Naturales

Cabe señalar que dicho acuerdo fue aprobado en sesión pública ordinaria celebrada el jueves 16 de mayo del año en curso.

Sin otro particular reciba usted mi atenta y distinguida consideración. Atentamente Mauricio Corona Espinosa (rúbrica) Secretario General

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXXII Legislatura, dicta: Acuerdo

Que remite para su estudio a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que tiene por objeto reformar el párrafo segundo del artículo 37 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de Fondo de Desastres Naturales

Único. Las diputadas y los diputados integrantes de la Trigésima Segunda Legislatura del Congreso del estado de Nayarit, con fundamento en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitimos a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su estudio, discusión y, en su caso, aprobación, la iniciativa con proyecto de decreto que tiene por objeto reformar el párrafo segundo del artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en los términos siguientes: Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; para quedar como sigue:

Artículo 37. ...

Las asignaciones en el Presupuesto de Egresos para estos fondos, sumadas a las disponibilidades existentes...

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