Iniciativa parlamentaria que reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo., de 12 de Noviembre de 2015

Del Congreso de Nuevo León, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura al honorable Congreso de Nuevo León, pone a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto que reforma por modificación la fracción XXVII Bis del artículo 132, de la Ley Federal del Trabajo.

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 37 que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Lo anterior para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo. Atentamente Monterrey, NL, a 3 de noviembre de 2015.

Diputada Alicia Maribel Villalón González (rúbrica) Secretaria Diputada Leticia Marlene Benvenutti Villarreal (rúbrica) Secretario

Ingeniero Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León

Presente

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, nos permitimos en forma atenta y respetuosa solicitar la publicación en el Órgano Informativo Oficial del Estado, el acuerdo número 037, expedido por el honorable Congreso del estado en esta fecha, cuyo documento se acompaña.

Sin otro particular, le reiteramos las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración. Atentamente Monterrey, NL, a 3 de noviembre de 2015.

Diputada Alicia Maribel Villalón González (rúbrica) Secretaria Diputada Leticia Marlene Benvenutti (rúbrica) Secretaria

El honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIV Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63 de la Constitución Política local, expide el siguiente Acuerdo Número 037

Artículo Primero. La LXXIV Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, con, fundamento en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al honorable Congreso de la Uni6n, la aprobación del siguiente proyecto de: Decreto

Artículo Único. Se reforma por modificación la fracción XXVII Bis del artículo 132, de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 132 . ... I. a XXVII. ... XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de diez días laborables con goce del cien por ciento de su sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el -caso de la adopción de un infante; y XXVIII. ... Transitorio

Único . El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que le dio origen para sus efectos constitucionales.

Por lo tanto envíese al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del Estado libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital a los tres días de noviembre de dos mil quince. Diputado Daniel Carrillo Martínez (rúbrica) Presidente Diputada Alicia Maribel Villalón González (rúbrica) Secretaria Diputada Leticia Marlene Benvenutti Villarreal (rúbrica) Secretaria

Diputado Luis David Ortiz Salinas Presidente del Honorable del Congreso de Nuevo León

Presente

Honorable Asamblea:

El suscrito, Érick Godar Urena Frausto, diputado integrante de la LXXIII Legislatura del Congreso de Nuevo León, con fundamento en los artículos 68 y 69 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, así como en los diversos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, me permito ¡poner a consideración de ésta Asamblea Iniciativa de reforma al artículo 133 en su fracción XXVII Bis, de la Ley Federal del Trabajo, para que por conducto del Congreso de Nuevo León, en los términos del artículo 71 fracción III de la Constitución Federal sea presentada al Congreso de la Unión y sirve para tal efecto la siguiente: Exposición de Motivos

La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, presentada el año pasado por el ex presidente Felipe Calderón Hinojosa a la Cámara de Diputados, preveía en el artículo 134, fracción XVII Bis, la obligación patronal de otorgar a los trabajadores varones un permiso por 10 días con goce de sueldo por el nacimiento de sus hijos:

Con esta inclusión se pretendía cumplir con el acuerdo formulado por nuestro país en la décima Conferencia Regional de América Latina y el Caribe celebrada en Quito, Ecuador en 2007, donde uno de los compromisos fue promover la corresponsabilidad entre la vida familiar y la laboral de la mujer y el hombre, para así buscar una mayor participación del género masculino en el trabajo doméstico y un mayor equilibrio en las responsabilidades familiares.

Sin embargo, finalmente la reforma realizada fue al artículo 132, pero en su fracción XXVII Bis, otorgando un permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante. Lo anterior, a pesar de ser un reciente derecho otorgado a los varones, todavía lo consideramos insuficiente por las razones que...

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