Iniciativa parlamentaria que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de ratificación de mandato., de 19 de Enero de 2022

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada federal Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de ratificación de mandato, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

  1. Marco Conceptual

    La democracia, término entendido como la forma de gobierno en el que el poder político es ejercido por y para el pueblo, 1 adquiere diferentes formas y directrices es sus mecanismos de participación para tener como fin último el bien común para toda la sociedad, en el que todos sus integrantes participen de forma íntegra en el proceso de la toma de decisiones de un país.

    Diversos países del mundo han optado esta forma de gobierno, bajo el concepto de democracia representativa, donde la población ejerce su poder por medio de representantes populares elegidos mediante el sufragio. 2

    En México, a través del artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que es voluntad del pueblo mexicano constituirse bajo esta forma de participación.

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 40 . Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

    Sin embargo, autores como Archon Fung y Erik Olin, han destacado que “la democracia representativa, siempre vista como una solución política al problema de la agregación y representación de intereses en los grandes espacios nacionales, deja al aire un principio fundamental de la democracia: una decisión tiene mayores posibilidades de tratar con justicia a los afectados cuando estos participan en ella”. 3

    Lo anterior, derivado de que la democracia representativa, deja a la gran mayoría de la ciudadanía, fuera de las decisiones importantes que toma el gobierno en curso. 4 Sin que la población tenga la oportunidad de expresarse directamente, o participar activamente en la toma de decisiones sobre temas de trascendencia nacional.

    Es bajo esta tesitura, que diversos países, han implementado mecanismos, que permitan tomar en cuenta a la población de forma más directa en la toma de decisiones, mismos que impulsan una democracia participativa, con el propósito de coadyuvar a la consolidación de un verdadero régimen democrático y de representación política 5 para la ciudadanía.

  2. Democracia participativa

    El concepto de democracia participativa, tal y como lo define Del Tronco (2021), “hace referencia al conjunto de espacios y mecanismos donde ciudadanas y ciudadanos pueden incidir y decidir sobre asuntos públicos de su incumbencia, más allá de la actividad propia de los representantes”. 6

    Estableciendo, de igual modo, que “una mayor calidad democrática requiere de interfaces gobierno-sociedad, donde los procesos de incidencia tengan lugar y permitan que las ciudadanas y ciudadanos, sean parte de la historia democrática de una comunidad política”. 7

    Concluyendo que, “la democracia participativa promueve una ciudadanía más atenta, informada, e involucrada en los asuntos públicos. Individuos que quieren, saben y pueden participar en decisiones colectivas, sobre temas que afectan sus vidas, sin limitar su esfera privada ni sus intereses particulares”. 8

  3. La democracia participativa en México

    En el caso de nuestro país, como consecuencia del hartazgo social, derivado de la corrupción y la falta de políticas públicas eficaces, que beneficiaran a los sectores más desprotegidos de la población, se desarrolló una pérdida de confianza en las instituciones públicas, así como del propio gobierno, y sobre todo de la clase política, quienes en gran medida se caracterizaban por ser presentantes alejados de la ciudadanía.

    Lo anterior, generó que la población dejara de creer en sus representantes, así como en su capacidad de influir en las decisiones nacionales, y hasta en la credibilidad de que, por medio de la participación electoral, se pudiese cambiar el rumbo del país. 9

    Sin embargo, hoy, la sociedad mexicana está consciente de las realidades políticas y mantiene una constante vigilancia sobre el quehacer gubernamental e institucional. Este cambio trascendente debe ser conducido a una forma superior de ejercicio del poder: la democracia participativa.

    Es bajo estas consideraciones que, desde la entrada del actual Gobierno de la República, se han impulsado una serie de reformas constitucionales, las cuales tienen por objeto fomentar la democracia participativa dentro de nuestro país. Con la firme intención, de que este mecanismo, sea un elemento fundamental en la construcción de una verdadera democracia, y a su vez, se ejerza de manera plena, la soberanía nacional consagrada nuestra propia Constitución.

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

    Lo anterior implica que la soberanía puede ejercerse por vías diferentes a las estrictamente representativas, y que en México constitucionalmente es posible la inclusión de mecanismos de democracia participativa directa. 10

    El Plan Nacional de Desarrollo para el periodo 2019-2024, dentro de su contenido, hace referencia a la democracia participativa, como uno de los pilares a cumplir durante la actual gestión del Gobierno Federal.

    Dicho Plan Nacional, a su vez, menciona algunos de los proyectos que hoy ya son una realidad en nuestro país, como son la Revocación de Mandato y la Consulta Popular, lo cual representa una muestra clara de que, en México, la democracia participativa debe de ser garantizada al amparo de la Constitución.

  4. Reforma Constitucional de 2019: Consulta popular y Revocación de Mandato.

    En 2019, con el propósito de fortalecer la participación ciudadana y que la población se involucrara de manera más activa y directa, en la toma de decisiones del país, se realizaron una serie de reformar constitucionales, con el fin de definir adecuadamente en la Carta Magna, dos conceptos en materia de democracia participativa: 1. Se introdujo el principio de revocación de mandato, así como la forma en que deberá realizarse, 11 y 2. Se redefinió y a su vez se adecuo la figura jurídica ya existente, de consulta popular. 12

    1. Consulta popular

      Es un mecanismo de participación ciudadana, que sirve para ejercer el derecho constitucional para votar en torno a temas de trascendencia nacional de manera que su voluntad, vinculante conforme dicte la ley, pueda incidir en el debate y las decisiones que adoptan los órganos representativos...

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