Iniciativa parlamentaria que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles; y de los Códigos Penal Federal, y Nacional de Procedimientos Penales., de 30 de Abril de 2018

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles; y de los Códigos Penal Federal, y Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Hernán Cortés Berumen, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 76, numeral 1, fracción II; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Sociedades Mercantiles, el Código Penal Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

El pasado 14 de marzo en el auditorio sur del Palacio Legislativo de San Lázaro, el suscrito presidió el evento de presentación del libro Análisis de la Sociedad Unipersonal, de la autoría del doctor Eduardo Dacasa López, catedrático de la prestigiada Facultad de Derecho de la Universidad la Salle, e integrante del Colegio Mexicano de Abogados Humanistas, AC, que fungió como organizador de dicho foro.

Al realizar los comentarios a tan interesante obra, ofrecí al autor la viabilidad de presentar esta iniciativa, toda vez que resulta muy importante generar en el marco jurídico mercantil un nuevo instrumento que permita a la sociedad impulsar nuevas unidades económicas y auxiliar a los micro empresarios también conocidos como emprendedores, que no siempre tienen la oportunidad de conseguir un socio capitalista que permita financiar sus proyectos, a través de una figura que ya existe en otros países y que permite separar del patrimonio de una persona el de su negocio o empresa en ciernes, de tal suerte que pueda realizar de manera libre los actos de comercio necesarios para el desarrollo de si negocio, sin tener que arriesgar el patrimonio propio, pero tomando decisiones de negocio bajo el amparo de la legislación mercantil, como sucede con cualquier otra empresa.

Acción Nacional se ha caracterizado históricamente por proponer soluciones que permitan el libre desarrollo y crecimiento de las empresas, del libre comercio y la creación de oportunidades nuevas de negocios que benefician a la comunidad y le lleven a alejarse de opciones asistencialistas, ilegales o dependientes de recursos ajenos a los generados por los propios comerciantes o empresarios y sus capacidades y talentos. De tal suerte que una propuesta como la descrita por el Doctor Dacasa en su obra puede convertirse incluso en un mecanismo que incentive el abandono de la actividad comercial irregular, en beneficio de los propietarios de las micro empresas, sus empleados y por supuesto, del Estado, que eventualmente podrá cobrar los impuestos correspondientes a la empresa salida de la incubadora y ya creciendo en el mercado.

Como señala el doctor Dacasa en su texto, con la evolución natural de las actividades empresariales se ha considerado en varias legislaciones la posibilidad de que la persona jurídica societaria sea constituida con la existencia de un único socio, sin que esta circunstancia sea un impedimento para la constitución y funcionamiento de la sociedad mercantil .

Sin embargo, el propio autor advierte de la desestimación de la personalidad jurídica societaria y la responsabilidad penal de las personas jurídicas, ambas como una condición indispensable para proponer la regulación de la sociedad unipersonal, pues si en principio pudieran considerarse contradictorios ambos conceptos, para la prevención de conductas ilícitas que se valgan del uso de este tipo de empresa en perjuicio de terceras personas y de la sociedad en general, es necesario que se regulen los mecanismos eficaces para limitar el abuso de esta figura y fincar responsabilidades a las personas que violenten su naturaleza y la empleen para la realización de actividades delictivas o ilícitas.

Advierte el autor referido que a pesar de que en varias legislaciones de otros países...

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