Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 1071 y 1075 del Código de Comercio, a fin que los exhortos, oficios, o mandamientos, así como las notificaciones personales, puedan realizarse mediante correo electrónico., de 7 de Abril de 2022

Que reforma los artículos 1071 y 1075 del Código de Comercio, suscrita por la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios y por legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77, numeral I; y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 1071 y 1075 del Código de Comercio, al tenor de la siguiente: Exposición de motivos

Muchas de las Leyes, Códigos y demás disposiciones con las que cuenta nuestro país tienen una antigüedad considerable, por lo que su actualización y diversificación de alcances resulta una necesidad constante, ya que, de no hacerlo, se corre el riesgo de que el andamiaje jurídico nacional permanezca anclado al pasado.

Tal es el caso del Código de Comercio, disposición promulgada en 1889 y que, si bien ha sufrido una larga serie de reformas, modificaciones y derogaciones, algunos de sus artículos no han sido modernizados.

Ejemplo de ello son las notificaciones y citas que las autoridades encargadas realizan a aquellas personas que se encuentran en algún trámite referente a lo delimitado en el Código. Los artículos 1071 y 1075, respectivamente, contemplan las notificaciones a través de medios que actualmente son obsoletos o que muy pocas personas o empresas emplean hoy en día, como aquellas realizadas mediante telex, telégrafo o remisión facsimilar.

No obstante, la presente propuesta no contempla retirar del ordenamiento a estos instrumentos, ya que en nuestro país e incluso en algunos otros como Estados Unidos y Japón, el uso del llamado fax continúa siendo relativamente constante, a pesar de ser un instrumento cuyo auge se remonta a las décadas de los ochenta y noventa. Tampoco se prende eliminar algún otro medio de los previstos, como el telégrafo o correo.

Lo que se contempla en el proyecto en comento, es la introducción del concepto de correo electrónico, e specíficamente en los artículos 1071 y 1075, ya que son algunos de los que no se han actualizado y que continúan normando medios de comunicación cada vez menos utilizados.

Tal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR